Como se anunciara oportunamente al sancionarse la ley el 4 de julio pasado, la Ciudad de Buenos Aires deberá modificar el formulario que
se exige completar a los donantes de sangre, y que se aplica en los hospitales
públicos, a través de eliminación del pedido de datos respecto a la identidad
de género, vida personal y sexual o cualquier información que resulte
discriminatoria, según una ley aprobada por la Legislatura por unanimidad.
Sigue el texto de la norma publicada esta semana en el Boletín Oficial :
Ley 4628
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 3° inciso d, de la Ley
3328 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que quedará redactado de la
siguiente forma:
"Art. 3°. Principios fundamentales. Se establecen como
principios fundamentales de la presente Ley:
d. Los donantes de sangre tienen derecho a ser asistidos de
acuerdo con los procedimientos, normas y controles establecidos por la
autoridad de aplicación. Al momento de donar no se requerirá información de
los/las donantes respecto a su identidad de género, orientación sexual o
cualquier información que resulte discriminatoria."
Art. 2°.- La Autoridad de Aplicación de la Ley 3328 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, redactará el formulario de interrogatorio
(anamnesis) de conformidad con los principios contenidos en la citada norma
legal y en la Ley 153 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus modificatorias
y/o complementarias.
Art 3°.- La Autoridad de Aplicación reglamentará la presente
ley en un plazo máximo improrrogable de ciento Ochenta (180) días.
Art 4°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez