Un juez federal de Córdoba ordenó a una prepaga y a una obra
social a que brinden cobertura total a un matrimonio para que realice un
tratamiento de fertilización "in vitro".
En el marco de la acción de amparo promovida por
la pareja, ambos de 31 años, el titular del juzgado federal 2, Alejandro
Sánchez Freytes, condenó a la prepaga Nobis S.A. y a la Obra Social del
Personal Jerárquico del Transporte del Automotor de Pasajeros de Córdoba a que
cubran íntegramente lo que demande el tratamiento.
"El juez las condenó a que brinden cobertura del 100%
en forma integral para un costoso tratamiento de fertilización in vitro, que es
la acción terapéutica aconsejada por el médico que los trata desde hace nueve años,
lapso en el que vienen buscando un hijo", aseguró a la prensa Carlos Nayi,
abogado de la pareja.
El letrado destacó que la sentencia, que prevé la cobertura
de hasta tres tratamientos por medio de la técnica conocida como Icsi, "es
una nueva señal de la justicia para que las obras sociales cumplan con la
ley".
La ICSI o inyección intracitoplasmática de espermatozoides
es una técnica de reproducción asistida que posibilita la fecundación de los
ovocitos por inyección de un espermatozoide en su citoplasma mediante una
micropipeta.
Nayi dijo que las partes demandadas "lamentablemente,
ofrecían una resistencia injustificada, que ignoraba mandatos constitucionales,
la Ley Nacional 26862 (sancionada en junio del 2013), así como el derecho a
fundar una familia" que tiene la pareja.
La Ley Nacional de Fertilización Asistida estipula, entre
otras cuestiones, que los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de
reproducción deben incluirse en el Plan Médico Obligatorio.
Fuente: Télam
