La Ley Nacional de Salud Mental y el nuevo Código Civil de
la Nación permitieron avanzar en la asistencia legal a las personas internadas
en centros de salud mental en forma involuntaria. El coordinador de la Unidad
de Letrados de Salud Mental, Mariano Laufer Cabrera, aborda los cambios
generados en los últimos años.
Teniendo en miras el Día Mundial de la Salud Mental, cuyo
lema de este año es la Dignidad y su intención es crear conciencia respecto de
qué es necesario hacer para lograr que las personas usuarias de servicios de
salud mental puedan acceder a una vida digna; vale la pena hacer algunas
reflexiones respecto de cuál puede ser uno de los aportes que el sistema de
administración de justicia debe consolidar.
No ha sido frecuente que nos preguntemos porqué una persona
internada contra su voluntad no puede acceder a un abogado o porqué cuando una
persona quiere manifestar su opinión sobre las condiciones en que debe
transitar esa internación, o cuando quiere exteriorizar su voluntad respecto de
cómo seguirá su vida luego de ese momento, su voz no es efectivamente escuchada
por el poder judicial.
Estas preguntas no han sido formuladas, respondiendo a un
paradigma de segregación de la “locura”, que sustituía a las personas en la
toma de decisiones, que reforzaba su pasividad y las consideraba meros “objetos
de protección”, y que para lidiar con su supuesta “peligrosidad” encontraba
como único remedio el aislamiento social.
El sostenimiento por tanto tiempo de este modelo fue posible
en virtud de factores culturales, históricos, normativos, y de prácticas
amparadas en una concepción tutelar emanada hace más de un siglo y medio de un
anticuado Código Civil, y de otras leyes que respondían a ese esquema.
Esta situación entró en crisis con la vigencia de la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad desde 2008; con
la sanción en 2010 de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 (que cumple 5 años
de vigencia);y desde hace dos meses con la aplicación del nuevo Código Civil de
la Nación; normas que impulsan en Argentina la salud mental comunitaria, el
modelo social de la discapacidad, los enfoques interdisciplinarios, y las
garantías de derechos humanos para las personas usuarias de servicios de salud
mental.
En ese contexto, y en pos de avanzar en la restitución de
dignidad y derechos, la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martinez,
creó en 2011 la Unidad de Letrados de Salud Mental (art. 22 Ley 26.657), que en
4 años pudo defender a más de 10 mil personas; habiendo trabajado, junto a
usuarios y familiares, equipos tratantes, profesionales de los servicios de
salud mental y otros actores, para que muchas de estas personas sean externadas
o derivadas con su consentimiento a ámbitos de tratamiento menos restrictivos.
Con la creación de la Unidad se dio cumplimiento a lo
exigido por la Ley Nacional de Salud Mental, que indica que el Estado debe
proveer a la persona de un abogado defensor durante su internación
involuntaria. La Unidad proporciona, desde entonces, un abogado gratuito para
personas internadas involuntariamente, por razones de salud mental, en la
Ciudad de Buenos Ares. Intervienen, asimismo, equipos interdisciplinarios de la
defensa, conformados por psiquiatras, psicólogos y trabajadores sociales.
Los defensores pueden –respetando la voluntad y preferencias
de la persona- materializar pedidos para que las condiciones de internación
respeten los estándares mínimos, requerir tratamientos adecuados, impulsar que
las internaciones sean lo más breves posibles.
Mediante esta experiencia, que considera a la persona con
discapacidad psicosocial como sujeto pleno de derecho, se fortalece el acceso a
la justicia de personas en especial situación de vulnerabilidad y se procura el
contacto rápido y directo con la situación. En el abordaje de los casos, se
intenta la comunicación personal con los equipos tratantes en las
instituciones, se realizan visitas y entrevistas periódicas de seguimiento, y
se mantienen contactos con los familiares de las personas internadas.
En definitiva, intentamos que las voces de las personas
internadas atraviesen los muros y sean escuchadas, que puedan contar con el
acompañamiento de un abogado defensor para garantizar el derecho esencial de
todo ciudadano a ser oído, y que la internación sea realmente un momento
excepcional en la vida de una persona; buscando colaborar, desde nuestro rol,
para que el paradigma de la salud mental comunitaria pueda ser una realidad.
Fuente: Infojus Noticias
