miércoles, 4 de enero de 2017

La justicia obliga al PAMI a cubrir medicamentos contra el EPOC

Un fallo de cámara ratifica la decisión en primera instancia, y ordena a la obra social nacional a entregar un fármaco para nebulizaciones, que deberá cubrir en su totalidad. Los jueces consideraron “verosímil y urgente” el pedido del afiliado, afectado por el trastorno respiratorio. 

Desde el año 2000, Carlos (nombre ficticio) padece Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC). Hace un tiempo, su médico le recetó un medicamento para realizarse nebulizaciones, pero el PAMI, su obra social, le negó la cobertura. Ante esto, inició un reclamo judicial que tuvo éxito en primera instancia. Esta semana, un fallo de cámara ratificó esa primera decisión, y le ordenó a la entidad nacional que cubra la totalidad del medicamento. Según los argumentos del fallo, existe “urgencia” en el reclamo, y debe preservarse la salud del paciente.

El fallo de la Cámara Federal de San Martín le ordenó al PAMI que le provea al paciente de 71 años el medicamento específico para nebulizaciones, que se había negado en un primer momento. La Sala Segunda del tribunal, con las firmas de los jueces Daniel Rudi y Alberto Lugones, consideró que "ante valores tales como la preservación de la salud y de la vida misma, el derecho invocado por la peticionante aparece verosímil y urgente a primera vista y la medida solicitada como el medio idóneo para su resguardo provisional a fin de evitar de un modo razonable el peligro de un perjuicio irreparable".

La Cámara confirmó una decisión que ya le había ordenado a la obra social de los jubilados, a fines del año pasado, que "en forma inmediata asuma la totalidad del costo del tratamiento con Tobramicina 300 mg/5ml ampollas por 56/mes marca Bribul de acuerdo a lo que el profesional médico interviniente determine".

El fallo explica que la afiliada, de 71 años, posee certificación de discapacidad por "Insuficiencia respiratoria crónica. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica, no especificada. Asma". Ese cuadro requiere de un tratamiento específico mediante un fármaco que la paciente no conseguía que le fuera suministrado, por lo que debió recurrir al Poder Judicial. "Frente a la específica indicación de la médica tratante, no existiría en el legajo ningún elemento de juicio que la desautorice para esta concreta paciente con EPOC reagudizado y tratamiento específico, según las reglas de la sana crítica", resumieron los jueces.

Fuente: Mirada Profesional