La Justicia de Azul rechazó una demanda por mala praxis
interpuesta por una mujer que sufrió una infección luego de una intervención
quirúrgica en la rodilla.
En los autos "H. H. E. c/ Cemeda Sanatorio S.A. y otros
s/ medida cautelar-daños y perjuicios", la Cámara de Apelaciones en lo
Civil y Comercial de Azul rechazó una demanda por mala praxis interpuesta por
una mujer que sufrió una infección luego de una intervención quirúrgica en la
rodilla.
Los miembros del Tribunal no hicieron lugar al reclamo
porque, "aún cuando se tuviera por cierta la existencia de un proceso
infeccioso vinculado con la intervención quirúrgica practicada en la rodilla
izquierda de la demandante, ello no demostraría que esa infección sea imputable
a la negligencia, imprudencia o impericia del galeno interviniente".
Los jueces resaltaron que el padecimiento denunciado por la mujer se inscribe dentro de los riesgos inherentes a toda intervención quirúrgica y no es una muestra de mala praxis de los médicos.
"Al margen de los resultados insatisfactorios que
arrojaron las intervenciones quirúrgicas practicadas por el galeno accionado,
no se ha acreditado que ello haya obedecido a su culpa, en cualquiera de sus
manifestaciones", señalaron los magistrados.
Los camaristas explicaron que de las pruebas reunidas, la
concordancia que se advierte entre el relato y explicaciones oportunamente
brindadas por el médico demandado al contestar demanda, y lo que surge de las
opiniones concordantes brindadas por los peritos y el informe técnico obrante
en autos, corresponde rechazar la demanda por mala praxis porque no se acreditó
que la infección se deba a una negligencia.
"En los juicios en los que se imputa responsabilidad
médica por mala praxis, la prueba debe versar sobre los actos u omisiones del
médico que demuestren una actividad negligente o imprudente o falta de la
pericia necesaria, pero no solamente sobre el resultado negativo del
tratamiento pues aunque ese resultado no fuere el esperado no compromete
responsabilidad alguna si aquella conducta considerada reprochable no está
probada suficientemente", resaltaron.
Los jueces resaltaron que el padecimiento denunciado por la
mujer se inscribe dentro de los riesgos inherentes a toda intervención
quirúrgica y no es una muestra de mala praxis de los médicos.
Fuente: Diario Judicial - Fallo completo
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