lunes, 4 de noviembre de 2013

Mapa de la aplicación de la resolución que prohíbe la “farmacia polirrubro”

En todo el país las farmacias comienzan a adaptarse a la normativa impulsada por el ministerio de Salud nacional. Varias regiones confirmaron que se sumarán, y saludaron la medida. En otras, resisten la medida, y se amparan en supuestas legislaciones locales. En otras, los farmacéuticos presionan para que haya adhesión y se incluya en el mapa de la normalidad a sus farmacias.

A poco más de una semana de la resolución del Ministerio de Salud nacional, que prohíbe que las farmacias vendan golosinas, alimentos y otros productos que no sean medicinales, comenzó en todo el país la discusión sobre los alcances de la medida. Pese a lo claro de lo decidido por la cartera sanitaria, los intereses de las cadeneras –las principales interesadas en que no se cumpla la medida –siguen presionando para que la normativa no se cumpla. Incluso algunas entidades hablan por lo bajo de “desconocer” la disposición. Lo cierto es que la mayoría de las regionales del país saludaron la medida, y se sumaron a este paso a la normalidad del sistema sanitario. El mapa del cumplimiento es complejo, es cierto. Hay muchas provincias que ya lo hacen, otras que resisten, y otras, minoritarias, no la desconocen. En este informe, Mirada Profesional recorre el país y analiza la aplicación de una medida que respalda el rol sanitario de la farmacia y el farmacéutico.

Cabe recordar que la resolución 1632/13, publicada el pasado miércoles en el Boletín Oficial, precisa que las farmacias “sólo podrán dedicarse a la venta de recetas preparadas, dispensa de drogas, medicamentos, incluidos de venta libre y especialidades farmacéuticas cualquiera sea su condición de expendio, además de los productos destinados a la higiene o estética de las personas y productos para diagnósticos”. Esto deja fuera de los mostradores cualquier tipo de alimentos, bebidas, productos deportivos, y otras cosas que se suelen ver en las cadenas del sector.

La resolución obliga a las farmacias a retirar los productos que no están permitidos en un plazo de 90 días, los que obligará a varias cadenas a modificar su esquema de negocios, que además de medicamentos, comercializan productos alimenticios, de kioscos, y otros enseres. Una vez superado ese lapso, se comenzarán a aplicar las sanciones correspondientes.

En la provincia de Buenos Aires, la resolución fue saludada, y se destacó que es parte del reconocimiento de la farmacia como parte integral del sistema sanitario. En este sentido, recordaron que la ley provincial 10.606 está en línea con esta idea, y se aplica de forma concreta. Lo mismo sucede en Capital Federal, donde el Colegio de Farmacéuticos y Bioquímicos de la Capital Federal recordó que la norma cancela la chance de vender alimentos en general, artículos electrónicos y otros productos en las farmacias. "Esta reglamentación deja sin efecto el polirrubro, como la venta de CD o golosinas", informó Claudio Ucchino, titular de la entidad.

“A partir de la entrada en vigencia de la norma, la medicación únicamente deberá venderse detrás de un mostrador y bajo la supervisión de un farmacéutico. Aquellas farmacias que no cumplan esta ley se expondrán en a una denuncia penal por ejercicio ilegal de la farmacia" afirmó Ucchino.

Otra de las farmacias que se sumará a la disposición será San Luis, que a principios de 2014 van a tener que sacar de sus góndolas todos los productos que no estén contemplados por la resolución. Así lo adelantó el Colegio de Farmacéuticos local “El documento es una aclaración de leyes vigentes que rigen el funcionamiento de los locales de todo el país y apunta a especificar que los únicos artículos que pueden comercializar los negocios son medicamentos de venta libre y bajo receta, de perfumería y algunos descartables”, sostuvieron.

“Hay dos leyes de farmacia 11.405 y 10.606 que regulan el quehacer de la profesión y la actividad farmacéutica. Esta resolución que sacó la Nación y que tiene alcance en todo el país, es sobre todo para aquellas localidades que no tienen una norma, como Capital Federal, porque es de inmediata aplicación”, dijo Enrique Capella, miembro del Comité de Ética del Colegio de Psicólogos, quien comentó que el objetivo de la medida es especificar la función que cumplen las farmacias y qué deben vender.

Lo mismo sucede en Jujuy, donde los farmacéuticos respaldaron la idea. Así lo expresó Oscar Siufí, quien dijo que “acá hay que aclarar el concepto que se ha desvirtuado con respecto a la farmacia porque la necesidad que tienen hoy de poder sobrevivir ante la situación económica que está viviendo nuestro país ha hecho que algunas farmacias pierdan la esencia de lo que es una farmacia y se transformen en polirrubros y que vendan, aparte de medicamento, artículos de perfumería e higiene personal, también bijouterie, algo de ropa, artículos de librería, juguetes, etcétera”.

Indicó que “por ello, los Colegios Farmacéuticos del país y la Confederación Farmacéutica han bregado, y lo seguirán haciendo, para que la farmacia sea la farmacia tradicional, donde el farmacéutico esté al frente para dispensar medicamentos, para asesorar a la gente sobre medicamentos y para evitar que de alguna forma se desnaturalice lo que tendría que haber sido una farmacia hasta el día de la fecha”.

En tanto, en Córdoba el sector se resiste a sumarse a la norma, ya que aseguran que rige por una ley provincial. En esa provincia existen varias cadenas de peso, que rápidamente quisieron instalar que “no se verán alcanzados por tal prohibición”. En esa A nivel local, informó Georgina Giraldi, vicepresidenta del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia. Se rigen por la ley provincial 8.302. "Como en la provincia de Mendoza, en las farmacias de Córdoba todavía no sería de aplicación este decreto del Ministerio de Salud de la Nación, salvo que la provincia adhiera o modifique la ley", aclaró. "Si está por encima una ley nacional, salvo que la provincia tenga ley propia", añadió.

Por otra parte, ejemplificó que en el caso de la higiene bucal, con la nueva disposición tampoco se podrá comprar esos productos en los supermercados. "Todo lo que es de salud bucal se vendería exclusivamente en farmacias y no en otro lado", dijo.

Otra provincia que no se adhirió a la norma nacional es Chubut, aunque ahí las farmacias quieren que esta paso se de ahora que se completó la regulación. Así lo hizo saber Eduardo Molina, presidente zonal del Colegio de Farmacéuticos. “La ley es una disposición que se ha implementado para ser aplicada en Capital Federal, pero en la mayoría de las provincias ya está regulado, pero Chubut es de las que no tienen regulación vigente. Ahora hay que ver que como es una disposición nacional y por la autonomía de las provincias hay que ver si la provincia del Chubut se adhiere. Creeos que sí, que se va a adherir”.

Menos optimistas, los farmacéuticos de San Juan están en igual situación, por lo que presionan al gobierno y los legisladores para que se aplique a nivel local. El pedido realizado por el Colegio de Farmacéuticos de San Juan apunta a la adhesión a la ley 26.567, que hasta el momento la norma no está vigente en la provincia cuyana. “La provincia no ha adherido a la ley nacional, por eso nuestro pedido es que la provincia se adhiera a la ley para que el medicamento esté en la farmacia exclusivamente”, dijo en una entrevista con el diario El Zonda Sergio Cornejo, presidente del Colegio Farmacéutico local. Para el farmacéutico, la nueva reglamentación “es muy buena como medida sanitaria”.

Cornejo recordó que ya hablaron con varios legisladores de la provincia para intentar sumar a San Juan a las leyes nacionales, y llevar normalidad al mercado de medicamentos. “En su momento hablamos con el diputado Javier Ruiz, y no tuvo mayores resultados. También, con Raúl Ávila estamos trabajando para presentar un proyecto que posibilite discutir el tema, porque es un asunto muy sensible y toca intereses ajenos”, expresó.

Fuente: Mirada Profesional Farmacéutica