La Cámara del Trabajo se inclinó en favor del porcentaje de
incapacidad dispuesto por un perito psicólogo por sobre el de un perito médico.
Los jueces señalaron si bien “el perito médico es un conocedor de la ciencias
médicas”, lo cierto es que el campo de la psicología "resultaba ser la
asignatura específica" en el caso.

De esa manera fue como se resolvieron los autos “Sánchez
Oscar Homero c/ Agroflex S.A. y otro s/ Accidente-Acción Civil”, iniciados
cuando el actor acudió a la justicia a fin de reclamar una indemnización por
accidente de trabajo. El trabajador había querido levantar la panza de una vaca
y por el esfuerzo sufrió una hernia de disco.
La justicia había hecho lugar a la demanda, pero la actora
recurrió el fallo debido a que estaba disconforme por el porcentaje de
incapacidad dispuesto. Por su parte, tanto la ART como la empleadora apelaron
la acreditación del nexo de causalidad hecho por el a quo.
En cuanto al porcentaje de incapacidad, los jueces Estela
Ferreirós y Néstor Rodríguez Brunengo, se la Sala VII de la Cámara Laboral,
coincidieron en que “si bien el perito médico es un conocedor de la ciencias
médica”, lo cierto era que el campo de la psicología, la licenciada resultaba
“ser más concreta, ya que el tema psicológico resulta ser su asignatura
específica”. Por lo tanto, habiendo discordancia en el porcentaje de incapacidad
asignado entre uno y otro, se estuvo al determinado por la especialista en la
materia.
En cuanto a la materialidad del accidente, el Tribunal
coincidió con lo resuelto en la Instancia Ordinaria, al precisar que “el factor
laboral generó el ‘daño’ como causa eficiente y desencadenante del perjuicio
sufrido por el trabajador, ya que realizó sus labores, sin las medidas de
seguridad que corresponden”.
De manera que quedó establecida la responsabilidad de la
empleadora, junto a la de la ART, en virtud de la letra del art. 1074 del
Código Civil “por lo que debe responder no acotado al valor de la póliza sino
plena e integralmente, en forma solidaria por el crédito reconocido al
trabajador”.
Fuente: Diario Judicial - Fallo completo: Sánchez Oscar Homero c/ Agroflex S.A. y otro s/ Accidente-Acción Civil