El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad revocó
una sentencia de Cámara que ordenaba al gobierno porteño a garantizar unidades
para afrontar los casos de bronqueolitis.
El máximo tribunal de justicia de la Ciudad de Buenos Aires
hizo lugar a un planteo del gobierno porteño y rechazó un fallo de la Cámara
que le ordenaba garantizar Unidades de Terapia Intensiva Pediátrica (UTIs) para
afrontar los casos de bronqueolitis. En los últimos dos años hubo epidemias
bronqueolíticas en la ciudad durante el invierno.
“Si la pretensión no distingue situaciones particulares sino
que se reclama globalmente que se garantice el derecho a la salud, no suscita
una controversia, sino que se cuestiona la gestión de gobierno”. Con este
argumento, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad revocó, por
mayoría, una sentencia que la sala I de la Cámara en lo Contencioso
Administrativo y Tributario (CAyT) porteña.
La Asesoría General Tutelar (AGT) había presentado ante la
justicia de la Ciudad un amparo para que el gobierno porteño garantizara el
cumplimiento del derecho a la salud integral de los menores. “Durante los
últimos años, en los períodos invernales se produce una epidemia bronqueolítica
que el sistema de salud de la Ciudad de Buenos Aires no está en condiciones de
afrontar”, explicó a Infojus Noticias, la actual asesora general tutelar, Laura
Musa. “En esta ciudad faltan unidades de terapia intensiva pediátricas”, dijo
Mussa. Agregó que “luego de agotar todos los caminos no quedaba más que el
amparo”.
El amparo colectivo que presentaron junto con Juan Carlos
Toselli, titular de la Asesoría de Primera Instancia n° 2, fue rechazado en
primera instancia. Pero después la Cámara en lo CAyT ordenó al gobierno porteño
garantizar la salud de los menores. La ciudad apeló esta sentencia y llegó el
Tribunal Superior mediante una queja. El tribunal le dio la razón. La mayoría,
conformada por los jueces Luis Francisco Lozano, Ana María Conde y José Osvaldo
Casás, dijo que esta “critica” a la gestión que se hace desde la Asesoría es un
“planteo que debe ser solucionado en los comicios, en los cuales se escoge a
quienes se supone capaces de encarnar la gestión que el votante prefiere”.
"El fallo defiende los intereses del Gobierno
porteño"
Los jueces entendieron que en el reclamo de la asesoría no
existía un “caso judicial”, es decir, un caso donde se identifiquen las
personas específicas que necesitan las UTIs. “No se mostró que el derecho a la
salud del grupo etario en cuestión sufriera afectación alguna por el modo en
que se distribuyen las unidades de terapia intensiva pediátricas en los
hospitales de la Ciudad”, dice el fallo del tribunal.
“Defiende los intereses del gobierno”, dijo la asesora
tutelar al conocer la sentencia. El tribunal, explica Musa, “dictó una
resolución que implica, lisa y llanamente, afectar el derecho de acceso a la
Justicia y la garantía de recurso judicial efectivo” que se agrava “en razón de
que se trata de un caso de clara vulneración al derecho a la salud y a la vida
de los niños, niñas y adolescentes”.
La única disidencia en el máximo tribunal porteño la marcó
Alicia Ruiz, quien pretendía se rechace el recurso interpuesto por el gobierno
porteño porque en su presentación “no dedica una sola línea a fundar por qué la
sentencia cuestionada es definitiva o equiparable a tal”. Con el rechazo del
TSJ se “restringe el acceso a la Justicia a través de la presentación amparos
colectivos, una de las herramientas más importantes de nuestro sistema institucional
para la garantía de los derechos”, concluyó Musa.
Fuente: Infojus
