Mientras en la Nación se sancionó la ley que obliga a obras
sociales, pregapas y a la salud pública a cubrir tratamientos de fertilización,
en la provincia la ley está cajoneda y no se garantiza el acceso a distintas
prácticas. OSEP pasó de ser pionera en las prestaciones a "filtrar".

Sólo las parejas que desean tener un hijo y no lo logran
entienden las frustraciones, decepciones y angustias que las obras sociales y
prepagas generan cuando rechazan dar cobertura a los tratamientos. Muchas
postergaciones económicas y ahorros forzados terminan siendo el camino a
recorrer para quienes no resignan la esperanza de convertirse en padres con la
ayuda de la ciencia. Pero más allá de las sensaciones individuales o de
parejas, hay cuestiones que responden al ámbito legislativo, judicial y
administrativo que se esconden detrás de los intereses económicos de las
empresas que brindan el acceso a la salud y del Estado.
Si bien la ley nacional establece la obligatoriedad a todas
las obras sociales, prepagas y al sistema sanitario público de todo el país a
cubrir los costos de los tratamientos de fertilización asistida a aquellas
parejas que no puedan concebir; en Mendoza ni la salud pública, ni la Obra
Social de los Empleados Públicos (OSEP), ni muchas obras sociales privadas, ni
prepagas, garantizan este derecho de manera regular. Y la mayoría lo hace
cuando una medida judicial la obliga.
El argumento al que aducen estas instituciones es que la
provincia aún no adhiere a la Ley 26.862 por lo cual no estarían obligadas a
garantizar los tratamientos de fertilización dentro del Plan Médico Obligatorio
(PMO).
Para el abogado Jorge Caloiro, especialista en este tipo de
casos, "es una aberración jurídica" que se plantee esta situación.
"Técnicamente es improbable que Mendoza no adhiera a la ley. Eso de
adhesión o no adhesión es un recurso", señaló.
Mientras tanto, el proyecto para adherir a la ley nacional
duerme en los cajones de la Cámara de Senadores de la provincia. La iniciativa
fue presentada por la diputada Evangelina Godoy, con algunas
"particularidades" para Mendoza. Y se aprobó en Diputados en octubre
de 2013, pero no prosperó en la Cámara Alta. Para la legisladora, si bien se
interpuso el fin del período extraordinario de sesiones y la renovación de
legisladores, tampoco "vemos voluntad política" para avanzar con la
norma. "No sabemos si le interesa (al oficialismo) o no. Entiendo que
puede ser una cuestión de fondos", argumentó Godoy.
En este panorama de dilaciones, la OSEP es un ejemplo que
debe analizarse de manera particular por el hecho de que es la obra social con
más afiliados en Mendoza, y la segunda en el país, después del PAMI. La
institución supo ser pionera en la cobertura de tratamientos de fertilidad en
el país, incluso antes de que en junio del año pasado se aprobara la ley
nacional. Pero tras la sanción de la norma, su cobertura pasó a ser limitada y
excluyente. Incluso, ese mismo año salió una resolución que actùa a modo de
filtro para todas las nuevas solicitudes que ingresan dìa a dìa.
En la resolución, que si bien es previa a la sanción de la
26.862 pero sigue rigiendo hasta hoy, se establecen como requisitos para
acceder a los tratamientos: ser parejas heterosexuales infértiles, que ambas
personas sean afiliadas a la OSEP y posean una antigüedad en su afiliación de
por lo menos dos años, disponer que la pareja debe estar casada en legal forma
o que se encuentren unidos por medio de una relación de hecho por más de cinco
años, la pareja tiene que presentar infertilidad primaria o secundaria y se
establece la edad mínima para las mujeres afiliadas que desean ingresar al
Programa la mayoría de edad y como edad máxima la de 40 años cumplidos al momento
de iniciar el pedido. Además, se analiza el no tener hijos vivos en la pareja
actual ó que la pareja presente infertilidad secundaria pero solo con un único
hijo vivo.
Por otra parte, no cubre ovodonación, ni espermodonación, ni
la criopreservación de ovocitos, espermatozoides o embriones, ni la
preservación de fertilidad, como así tampoco el útero subrogado, ni el
Diagnóstico Genético Preimplantacional.
El ingreso por mes es de hasta dos parejas como máximo
Así, la apuesta que significó para la OSEP brindar cobertura
en los tratamientos fue quedando atrás de las nuevas disposiciones a nivel
nacional. En 2001 se inició la prestación del servicio para los casos de baja y
mediana complejidad y en 2013 se sumaron los de alta complejidad. Mientras que
desde 2003 se trata también a los hombres.
En cuanto a los tratamientos de alta complejidad, como la
fertilización in vitro, la OSEP contempla tres intentos por pareja, de acuerdo
a los criterios que establece la Organización Mundial de la Salud (OSM). En el
primero el costo está cubierto en un 100%, en el segundo baja al 75% y en el
tercero al 50%. Mientras que la ley nacional pone el lìmite de tres por año, y
todos con cobertura al 100%.
La espera eterna
Marcelo Alunch es el titular en Mendoza de "Sumate a
dar vida", una ONG nacional que peleó por la ley de fertilización
asistida. Él relató lo que implica para una pareja la dificultad para concebir
y las trabas que se presentan: “Te están quitando esperanzas para poder
concebir”, dijo.
“Es una odisea que una obra social la cubra”, comentó sobre
la experiencia de muchas familias argentinas. "Nos enfrentamos a muchas
discriminaciones sociales. Hoy si no tené hijos, por ejemplo no te dan
casa", agregó.
"Se dejan muchas cosas de lado. En mi caso para hacer
el tratamiento perdimos un auto, suspendimos una casa. Se resignan un montón de
cosas", expresó.
La situación en el sector público
Si bien la ley nacional establece que los efectores públicos
también están obligados a brindar los tratamientos de baja, mediana y alta
complejidad; en Mendoza la falencia está en el último estadío.
Pablo Alonso, director del programa de Salud Reproductiva
del Ministerio de Salud, explicó que
"hoy hay diagnóstico y servicio para la baja complejidad y se
realizan inseminaciones artificiales".
"Como programa festejamos que la ley universalice el
acceso a estas prácticas, pero el presupuesto es limitado y existen otras
prioridades”, agregó.
Sin embargo, aclaró que en el Presupuesto de este año -que
la Legislatura no aprobó- se fijó una partida para avanzar en las prestaciones.
"A un futuro a mediano y largo plazo la postura es que Mendoza adhiera. Y
los servicios se van a tener que ir direccionando a esto".
Además, señaló que hoy se trabaja en la identificación de la
red en el primer y segundo nivel y admitió que en el tercer nivel no se ha
avanzado en este sentido.
Sin embargo, aportó un dato esperanzador para cuando Mendoza
decida avanzar respecto a la instrumentación de la ley nacional: "Tenemos
personal capacitado y para capacitar y destaco que ninguno, que se desarrolla
también en el ámbito privado, haya pedido un plus por las prácticas de
fertilización".
Y si bien expresó su deseo de avanzar en la cobertura,
reconoció que hay muchas parejas esperando por esto, con lo cual "sería
difícil la selección para priorizar a quién dárselo y a quién hacer
esperar". "
La falta de datos
Ya en el proyecto de adhesión a la ley surgió un problema
central, según señaló Godoy: qué presupuesto destinar a la cobertura de la
fertilización. Es que en Mendoza no hay estadísticas respecto a qué cantidad de
parejas atraviesan por estas dificultades para lograr un embarazo.
Según Alonso, el 15% parejas presentan problemas para
concebir, lo que implicaría que en el sector público crezca la demanda de
tratamientos entre unas 100 y 120 parejas por año
Mientras que desde "Sumate a dar vida" señalaron
que en el año 2011 unas 25.000 parejas mendocinas sufrían este problema.
La vía legal
Caloiro explicó la ilegalidad de los rechazos de obras
sociales y prepagas a cubrir estos tratamientos: "Ponen las mayores trabas
y dilaciones" y agregó: "Una persona enferma es el peor negocio"
para éstas.
Pero aclaró que a partir de la ley sancionada por el
Congreso Nacional se debe incorporar al PMO todas las etapas de la
fertilización, incluso en las provincias que no adhirieron de manera formal.
"Técnicamente es improbable que Mendoza no adhiera a la ley. Eso de
adhesión o no adhesión es un recurso, una aberración jurídica. La legislatura
no tiene nada que ver en esto. La ley sancionada y promulgada rige para todo el
territorio de la nación porque es un sistema federal y representativo",
señaló.
Por eso, agregó que las parejas tienen el derecho y los
motivos para recurrir a la justicia. "Este tipo de casos de salud van por
la vía procesal, a través de un recurso de amparo", explicó y aclaró que
también se puede hacer de manera gratuita, a través de los defensores que
dispone el Poder Judicial.
Por otro lado, señaló que aquellas personas que ya abonaron
su tratamiento de manera particular por el rechazo de su obra social o prepaga,
también puede reclamar el resarcimiento, aunque aclaró: "Es un proceso
mucho más largo porque va por la vía ordinaria. Puede demorarse hasta cuatro
años".
¿Qué es la "infertilidad"?
Se trata de la dificultad para concebir un hijo naturalmente
o de llevar un embarazo a término después de 7 meses de vida sexual activa. El
Consejo Internacional de Difusión de Información sobre Infertilidad considera
que una pareja es infértil si no han concebido después de más de 12 meses de
mantener relaciones sexuales sin protección, o después de 6 meses si la mujer
tiene más de 35 años de edad. La duración reducida para mujeres de más de 35
años se debe al rápido decline de la fertilidad a partir de esa edad, por lo
que debería solicitarse ayuda más rápidamente.
O si no puede llevarse el embarazo a término.
La infertilidad afecta aproximadamente al 15% de las
parejas. Aproximadamente el 21% de los casos se deben a un factor masculino,
33% se deben a un factor femenino, 40% es de tipo mixto y el resto (6%) es por
causas inexplicables.
Los principales factores
En el caso de las mujeres, son los trastornos
autoimmunitarios, cáncer o tumor, Diabetes, Neoplasias en el útero y el cuello
uterino, defectos congénitos, ejercicio excesivo, trastornos alimentarios o
desnutrición, uso de ciertos medicamentos, consumo excesivo de alcohol,
obesidad, edad avanzada, quistes ováricos y síndrome de ovario poliquístico,
endometriosis, tabaquismo, enfermedad tiroidea, entre otros.
Mientras que en los hombres, la exposición a mucho calor
durante períodos prolongados, anomalías congénitas, contaminantes
medioambientales, consumo compulsivo de alcohol, marihuana o cocaína, obesidad,
edad avanzada, tabaquismo, entre otros.
Los tratamientos
Los procedimientos de baja complejidad implican la toma de
medicación y hormonas, y tienen un valor promedio de $5.000. Los de mediana
complejidad, que contemplan algunos procedimientos quirúrgicos varían entre
$5.000 y $20.000. Y los de mayor complejidad, que derivan en técnicas de
fertilización asistida y en última instancia a la in vitro, rondan los $50.000.
Fuente: Sitio Andino