Un abogado especialista en Bioética afirmó que no es un
requisito la adhesión provincial a la norma. Qué dice la autoridad del
Subsidio.
A un año de sancionada la ley 26.862 de reproducción
asistida, que consagra lo que jurídicamente se conoce como “autonomía
reproductiva”, pacientes y médicos se quejan del incumplimiento de algunas
obras sociales, en particular el Subsidio de Salud.
El domingo, LA GACETA informó sobre esos cuestionamientos.
Los médicos Ernesto Feler y Sergio Mirkin habían señalado las dificultades de
sus pacientes con la obra social provincial. La doctora Natalia Vic, de uno de
los centros que en la provincia están autorizados para realizar los
procedimientos, afirmó que antes de la sanción de la ley, el 95 % de los
pacientes carecía de cobertura médica. “Ahora más del 65 % sí la tiene. El
resto, son afiliados al Subsidio. Y allí, todos los expedientes rebotan, sin excepción.
Seguimos esperando la adhesión de la Provincia a la ley. Suponemos que eso
simplificaría las cosas. Hace un año parecía que ‘ya’ salía... pero ni
noticias”, dijo.
La voz de la obra social
También la interventora del Instituto de Previsión y Seguridad
Social, Nelly Ganim, se refirió a la falta de adhesión de la Provincia, y
relató lo que había destacado el domingo la presidenta de la comisión de Salud
de la Legislatura, Beatriz Ávila. “Cuando nos reunimos el año pasado con los
legisladores y los técnicos, se había acordado que el Subsidio participaría de
la reglamentación provincial para establecer los límites de aplicación de la
ley”, recordó Ganim. “La norma es muy amplia y deja muchos problemas sin
especificar; entre otros, el origen del financiamiento”, añadió. Señaló además
que, mientras esperan la adhesión de Tucumán, están trabajando con las otras
obras sociales provinciales en el diseño de protocolos que les permitan
establecer en qué casos se autorizarán los tratamientos y en qué casos no. Afirmó
que esto es así porque las obras sociales provinciales, las universitarias y
las del Ejército están bajo un “régimen diferente”.
Lo que dice la ley
El abogado Marcos Arias Amicone, especialista en Bioética,
afirmó, por el contrario, que la ley 26.862 está vigente en todo el territorio
nacional, aun cuando la Provincia no se haya adherido a la norma.
“Cualquier mujer mayor de 18 años tiene el derecho de
solicitar el procedimiento, sin distinción de estado civil ni identidad sexual;
y si es médicamente viable, la obra social debe cubrirlo”, advirtió.
Lo cierto es que el artículo 10 de la ley establece que las
disposiciones de la norma “son de orden público y de aplicación en todo el
territorio de la República”. “Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires a sancionar, para el ámbito de sus exclusivas competencias, las
normas correspondientes”, añade el texto de la norma.
“La ley está vigente y abarca a todas las obras sociales
-explicó Arias Amicone-. Esas ‘exclusivas competencias’ no se refieren al
ámbito de aplicación, sino a las funciones de policía en materia sanitaria que
la Provincia se reserva cuando concurren sus facultades con las de la Nación.
Por esas competencias puede establecer cómo se harán las prestaciones, pero no
si se harán o no. Y no puede establecer límites más estrictos que los que
establece la ley. Todos los distritos están obligados por la ley a adaptar sus
instituciones y sus dispositivos para cumplirla”. “Con más razón -añadió-
cuando el Art. 146 de la Constitución de la Provincia establece la cobertura
integral de la salud, sin límite alguno”
“Las negativas y los impedimentos desalientan, especialmente
a la gente más vulnerable jurídicamente, y que no sabe que tiene el derecho de
exigir que la ley se cumpla. Pero deben saber algo: cualquiera que litigara un
caso de estos, lo ganaría”, enfatizó.
Fuente: La Gaceta de Tucumán