Partes: V.L.A. s/ Medida Autosatisfactiva
Fecha: 16 de Julio de 2014
Tribunal: Juzgado Civil, Comercial y de Minería de Neuquén
Síntesis:
Autorizan la ablación de un riñón entre un donante vivo y un
paciente que se encuentra en lista de espera del INCUCAI desde mayo del 2004,
entre los cuales no existe vínculo parental, sorteando la prohibición genérica
determinada por el art. 56 y cctes. de la Ley Nacional de Trasplantes. Entiende
que donante y receptor se han efectuado todos los exámenes y controles médicos
para determinar la compatibilidad y evitar el rechazo del órgano, se ha
corroborado que no hay indicio alguno de inducción o coacción a la que alude el
artículo 27 inc. g) de la ley 24.193, y que ambos conocen las consecuencias
médicas del acto, de manera que se encuentran cumplidos todos los requisitos
legales.