En la cartera sanitaria nacional, el ministro Daniel Gollan
presentó hoy la Guía de Atención de la Salud Integral de Personas Trans para
favorecer el acceso a una atención de calidad, integrada e integral de la salud
según la Ley 26.743 de Identidad de Género.
Junto a representantes de los distintos colectivos y
organizaciones que trabajan por los derechos de las personas trans, el ministro
de Salud de la Nación, Daniel Gollan, presentó hoy la Guía de Atención de la
Salud Integral de Personas Trans destinada a equipos de salud. El material
elaborado por la cartera sanitaria nacional con la participación de las
organizaciones que nuclean a las personas trans; especialistas y profesionales
de distintos servicios de salud, se enmarca en la reciente reglamentación del
artículo 11 de la Ley 26.743 de Identidad de Género.
"Se ampliaron los derechos para que una persona pueda
ser como siente que es y pueda vivir su identidad en plenitud", expresó
Gollan sobre la Ley 26.743 y otras normas sancionadas bajo la presidencia de
Cristina Fernández de Kirchner. "Es mucho lo que se ha logrado y es de
relevancia regional y mundial. Estamos escribiendo historia en el mundo y esto
sólo es posible en un gobierno que incluye", destacó el ministro durante
el encuentro que realizó hoy en la sede del Ministerio de Salud de la Nación.
Gollan afirmó que con la ampliación de los derechos a partir
de la ley y de un cambio cultural "va a llegar el día en que las personas
trans puedan ser atendidas en los consultorios médicos con total normalidad,
como debe ser", al tiempo que agregó que "es importante reclamar por
más derechos, pero también disfrutar de lo conseguido porque hubo mucho
sufrimiento y muerte detrás de esto".
Según la reglamentación del artículo 11, todas las personas
mayores de edad pueden acceder -sin requerir autorización judicial o
administrativa- a las intervenciones quirúrgicas totales y parciales que ayuden
a adecuar el cuerpo a la identidad de género autopercibida, como mastoplastía
de aumento, mastectomía, gluteoplastía de aumento, penectomía, vaginoplastía,
clitoroplastía y faloplastía con prótesis peneana, entre otras, como así
también a tratamientos integrales hormonales. El artículo 11 también establece
que estas prestaciones deben ser incluidas en el Programa Médico Obligatorio
(PMO) y que los servicios de salud del sistema público, de la seguridad social
de salud y de los sistemas privados deben incorporarlas a sus coberturas.
En la presentación, la subsecretaria de Medicina
Comunitaria, Maternidad e Infancia, Sabrina Balaña, sostuvo que "la guía
está dirigida a los equipos de salud y ahora tenemos un arduo trabajo para
brindar una atención integral que nos pone a todos ante el desafío de trabajar,
codo a codo, con los profesionales de la salud y con todo el equipo, incluidos
los administrativos y los promotores de salud para hacer efectivos los
preceptos que propone esta herramienta".
La funcionaria describió el contenido de la guía al señalar
que "cuenta con capítulos sobre vigilancia epidemiológica, información
para que trabajen los equipos de salud y también la historia de esta lucha que
refleja un trabajo interdisciplinario".
Lohana Berkins, responsable de la Oficina de Identidad de
Género y Orientación Sexual del Observatorio de Género (Consejo de la Magistratura),
aclaró que "hay que recordar el pasado para saber donde estamos hoy",
y aseguró que "estas guías hablan a las claras de las políticas de
reconocimiento del gobierno ya que los anteriores nos habían ignorado y sólo
nos veían como personas a ser detenidas".
Berkins aclaró que "estas guías no son sólo acceso a la
salud sino a calidad de la salud" y agregó que "se pueden
perfeccionar y para eso necesitamos sostener este modelo y profundizar estas
políticas públicas".
En tanto, Marcela Romero, presidenta de la Asociación
Travestis Transexuales y Transgéneros de Argentina (ATTTA) planteó que
"este es un paso muy grande para la comunidad trans en la Argentina y para
la comunidad del mundo para demostrarles que sí se puede. Y que la comunidad
trans es parte del proyecto nacional y popular en donde estamos
incluidas", quien recordó que "en el año 2007 hicimos la primera
vigilancia epidemiológica del mundo de personas trans", para luego, con la
llegada del ministro "sentarnos a trabajar la guía de atención para seguir
avanzando en la ampliación de derechos".
Acerca de la guía
Con la sanción de la Ley de Identidad de Género, se abandonó
el modelo internacional de "patologización" de ciertas identidades
y/o expresiones de género que propició la exclusión, la discriminación y la
criminalización de las personas trans.
La guía cuenta con cinco capítulos. En el primero, se
presenta el nuevo paradigma y las cuestiones nodales de la mencionada ley. El
segundo, propone una breve historización de los conceptos claves para entender
la construcción del enfoque de la patologización y empezar a desnaturalizarla.
Con datos estadísticos, el tercer capítulo da cuenta de la situación actual de
las personas trans en Argentina.
Con una impronta práctica, en su capítulo cuarto, la guía
recopila, organiza y ofrece claves para la atención desde esta nueva
perspectiva y sugiere estrategias para abordar las consultas, pautas para
solicitar exámenes médicos y de laboratorio, entre otras medidas de prevención
y seguimiento, e incluye, también, algunas cuestiones específicas en relación
con la salud sexual y la salud reproductiva.
En lo referente a la construcción corporal de las personas
trans, en el capítulo quinto la publicación ofrece información sobre diversas
técnicas y estrategias para que los equipos de salud mejoren la calidad de la
atención en relación con cuestiones concretas que estas suscitan. En
particular, aborda algunas estrategias de construcción corporal "no
invasivas"; el uso de las siliconas líquidas y/o aceites, sus
consecuencias y posibles tratamientos; los procesos de hormonización, sus
esquemas, efectos e interacciones medicamentosas, y las cirugías de
modificación corporal.
Esta nueva herramienta para los equipos de salud es el
resultado de un trabajo interdisciplinario e intersectorial que recopiló y
procesó diversos materiales nacionales e internacionales, y sumó el aporte de
equipos de salud de diferentes lugares del país, que tienen experiencia en la
atención de personas trans, así como de activistas y organizaciones de personas
de la diversidad sexual.
Con el reconocimiento de la identidad de género como un
derecho humano fundamental, el Estado argentino garantiza el derecho de todas
las personas que lo deseen a cambiar su nombre y género en todos los
instrumentos que acreditan su identidad, mediante un trámite administrativo y
sin solicitar como requisito ningún tipo de procedimiento médico, psicológico
y/o psiquiátrico. Mientras que en el ámbito de la salud garantiza que todas las
prestaciones de salud contempladas en la ley queden incluidas en el Programa
Médico Obligatorio (PMO), reconociendo a las personas como sujetos activos de
derecho, especialmente en relación con decisiones personales, como son la
autopercepción de género y la construcción corporal.
La guía ya se encuentra disponible para su consulta y
descarga ACCEDER
Fuente: Ministerio de Salud de la Nación