viernes, 29 de enero de 2016

Fallo sobre el derecho de libre elección de obra social



Partes: Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, Garages y Playas de Estacionamiento del Chaco c/ Estado Nacional (ANSSAL) s/ acción de amparo y medida cautelar

Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Fecha: 1 de Diciembre de 2015

Síntesis: Elección de obra social. Revoca el fallo que había declarado la inconstitucionalidad de la Resol. 37/1998 de la Superintendencia de Servicios de Salud, en tanto prescribe que las obras sociales no pueden ser elegidas en ámbitos territoriales no contemplados en sus estatutos registrados. En el caso, se reclamaba que la citada normativa impedía a los afiliados del sindicato actor optar por la Obra Social del Personal de la Estaciones de Servicios, Garages, Playas y Lavaderos Automáticos de la Provincia de Santa Fe, puesto que su ámbito territorial -contemplado en su estatuto registrado- no comprende a la Provincia de Chaco. Señala, adhiriendo al dictamen de la procuradora Fiscal, que lo establecido en la norma tiende a asegurar que la lejanía o la distancia impidan una adecuada prestación del servicio de salud a los afiliados. En tal sentido, sostiene que el derecho de libre elección de obra social no ha sido conculcado a partir del dictado de la resolución 37/1998, pues no se ha probado que la norma altere la sustancia de ese derecho, sino que se limita a reglamentar su ejercicio con el objeto de resguardar el goce efectivo de las prestaciones de salud.