Un punteo sobre los aspectos salientes de la norma
sancionada en el Congreso.

Algunas claves para entender qué permitirá esta nueva ley:
- Crear el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, que dependerá del Ministerio de Salud.
- Entre los objetivos del Programa está garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis, desarrollar evidencia científica sobre diversas alternativas terapéuticas que no abordan los tratamientos médicos convencionales, conocer los efectos secundarios, capacitar continuamente a los profesionales de la salud con respecto a este tema.
- El Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación, podrá autorizar el cultivo de cannabis por parte del Conicet y el INTA, para que hagan investigaciones médicas y científicas, y también elaborar la sustancia para el tratamiento que suministrará el programa. Por el momento, la droga será importada desde los Estados Unidos.
- La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) permitirá la importación de aceite de cannabis y sus derivados cuando sea requerida por pacientes que presenten las patologías contempladas en el programa y cuenten con la indicación médica pertinente. Para ellos la provisión será gratuita.
- Crear un registro nacional para pacientes y familiares. Sus datos serán confidenciales.
- Crear también un Consejo Consultivo (estará integrado por instituciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y profesionales del sector público y privado) para que articulen acciones.
- Los laboratorios de Producción Pública de Medicamentos podrán producir cannabis en todas sus variedades para su uso medicinal, terapéutico y de investigación.
Fuente: Clarín