Una pareja homosexual de Viedma podrá inscribir a su hijo
como padres únicos; no será reconocido el "papel materno" de la
gestante.
Una pareja homosexual podrá tener
hijos mediante la transferencia embrionaria en un vientre sustituto, conocido
como "alquiler de vientre", cuyo tratamiento de fertilidad, curso del
embarazo y nacimiento se realizará íntegramente en Río Negro, la primera
provincia del país en la que la Justicia autoriza la utilización de este método
.
En un fallo inédito, la jueza de Familia de Viedma, María
Laura Dumpé, autorizó que una mujer, amiga de la pareja, sea la portante de los
embriones logrados a través de técnicas de reproducción asistida -in vitro- y a
partir de óvulos de una donante anónima y del esperma aportado por uno de los
integrantes de la pareja, que lleva 14 años de unión convivencial.
La pareja explicó a la jueza que comparten "un proyecto
de vida común y familiar, aspirando desde hace largo tiempo a concretar el
sueño de tener hijos propios". En 2015 iniciaron una relación de amistad
con la mujer y su grupo familiar y, al poco tiempo, surgió la propuesta de
"facilitarles la posibilidad de ser padres, lo que implicó comenzar a
buscar distintas alternativas".
Con estas inquietudes, la pareja llegó al Centro de Medicina
Reproductiva de Bariloche Fertility Patagonia, creado en 1987 y que es de
referencia de la Patagonia con más de 1000 consultas anuales sobre medicina
reproductiva. Esta institución de alta complejidad solicitó la autorización
judicial para el procedimiento. Con este fallo, de hace pocos días, podría
iniciar de inmediato el tratamiento mediante Técnicas de Reproducción Humana
Asistida (TRHA).
En la Argentina, el alquiler de vientre no está legalizado.
Por eso, muchas personas, incluso el reciente caso del conductor televisivo
Alejandro Wiebe, Marley, acuden al exterior para concretar su paternidad
mediante el "alquiler de vientre".
Existieron en el país proyectos para incorporar la
maternidad subrogada en el nuevo Código Civil, pero no se logró incluir este
punto por dilemas éticos y jurídicos. Sin embargo, la jueza Dumpé decidió en
este caso que "corresponde aplicar el principio de legalidad en virtud del
cual todo lo que no está prohibido está permitido".
La jueza fundamentó su decisión al considerar que "se
encuentran en juego: el derecho a la identidad, a la protección de la familia,
a la libertad reproductiva, a la voluntad procreacional y a la intimidad".
En los fundamentos, la magistrada destacó la "voluntad
procreacional de la pareja, entendida ésta como el deseo de convertirse en
padres de un niño asumiendo su cuidado, su protección, educación, formación y
desarrollo en forma integral, dándole desde su nacimiento todo el amor y la
contención necesaria".
La magistrada también valoró que la amiga que llevará adelante
el embarazo "no desea ejercer el rol materno sino que su aporte ha tenido
como finalidad altruista ayudar a que los comitentes concreten el ansiado deseo
de ser padres".
La mujer, es madre de tres hijos, uno mayor de edad y dos
menores, que tienen conocimiento del caso y dieron su consentimiento, según
consta en el fallo al que accedió LA NACION. Éste expresamente indica que la
mujer no tendrá ninguna vinculación genética ni legal con el/los niños. Tendrá
un acompañamiento psicológico durante el embarazo y parto, extensivo a sus
hijos, según dispuso la jueza.
Dumpé ordenó además que el/los niños dados a luz mediante
este procedimiento deben ser inscriptos como hijos de la pareja homosexual y el
certificado de nacimiento correspondiente debe ser expedido por el Registro
Civil y de Capacidad de las Personas de Río Negro.
Se incluyó un artículo especial para que las dos
instituciones sanitarias de Viedma (el hospital público Artémides Zatti y la
Clínica Viedma), donde reside la pareja, y donde nacerá el bebe, tengan
conocimiento del caso y en el actual formato de los certificados de nacimiento
omitan incluir la huella dactilar de la mujer gestante (por considerar que sólo
es portante) y en su lugar incorporen la de uno de los integrantes de la
pareja, quien es el aportante del material genético (esperma).
La jueza dispuso, además en su fallo, que cuando el niño
"adquiera edad y madurez suficiente para entender, (los padres tienen) la
obligación de informarle respecto de su origen gestacional".
Vacío legal en el país
40 chicos
Ya nacieron en el país por vientre sustituto. Los casos son
todos distintos: hay madres, hermanas, cuñadas y amigas de las parejas que
colaboraron.
Sin DNI
El vacío legal de esta práctica, acordada entre partes de
manera privada, deja al menor sin DNI ni filiación que los consagre como hijos
de la pareja.
Sin cobertura
Hasta ahora, los menores nacidos mediante acuerdos privados
en la Argentina carecen también de derechos, como transitar libremente con sus
padres por el país o al exterior y tener obra social.
Fuente: La Nación