Partes: C.J.B. y otro c/ Municipalidad de Pilar y Otros s/ Daños y
perjuicios
Fecha: 4 de noviembre de 2013
Tribunal: CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL
Síntesis
Responsabilidad de un hospital público. Hace lugar a una
demanda por daños y perjuicios incoada por los padres de una menor que en
circunstancias de encontrarse jugando en un tobogán de una plaza pública del
Municipio de Pilar, Provincia de Buenos Aires, su dedo pulgar derecho quedó
atrapado y por la fuerza de su propio peso en caída se produjo la amputación
completa de ese dedo. Considera que no acreditadas las circunstancias que
tornaran imposible el reimplante del dedo pulgar derecho, la mera invocación
del principio de discrecionalidad del médico del hospital de la Municipalidad
codemandada en la elección de uno de los métodos terapéuticos admitidos por la
medicina resulta insuficiente para desligarse de responsabilidad, si se tiene
en cuenta que el perito designado de oficio por el juzgado señaló que debía
intentarse el reimplante del dedo pulgar de una menor de siete años de edad,
que era diestra, mediante la intervención de un especialista en manos, con
instrumentación adecuada, en un centro especializado que realice ese tipo de
operaciones.