En 90 días, el
Incucai deberá definir aspectos claves para la aplicación de la norma;
especialistas señalan que el modo de verificar la voluntad del donante será el
principal desafío.
Aprobada anteayer la nueva ley de trasplantes, se abrió una
discusión sobre la manera en que será reglamentada para su aplicación. La
imposición de que todos los mayores capaces de 18 años son donantes si no
manifestaron lo contrario abrió una fuerte polémica pública. Los especialistas
consultados por LA NACION advirtieron sobre los desafíos que deberá sortear la
reglamentación de la norma: el modo en que se verificará la voluntad del
donante, la formación de los equipos de salud y la creación de los servicios de
procuración en los centros autorizados para estos procedimientos.
Otros puntos señalados a cuidar durante la reglamentación,
que estará a cargo del Incucai, son los programas de formación en trasplante y
los servicios de procuración u obtención de órganos y tejidos, de acuerdo con
la opinión de especialistas consultados de centros públicos y privados.
"No estamos en condiciones de aplicar la ley
mañana", sostuvo María del Carmen Bacqué, docente de la Facultad de
Medicina de la Universidad del Salvador y expresidenta del Incucai. Se refería
al artículo sobre la manifestación de la voluntad de donar, con un enfoque más
"duro" que el que reconocía la ley anterior, que habilitaba la
consulta sobre la voluntad del potencial donante a la familia si no existía una
manifestación expresa.
"Es más: deberíamos reemplazar el verbo 'consultar' por
'participar y compartir' con la familia el proceso de transformar a un
fallecido en siete vidas. Esto se logra con educación de la población y la
aplicación de un protocolo muy firme en los equipos de salud", agregó la
especialista del Servicio de Nefrología del Hospital de Clínicas.
Alta negativa
En 2016, la negativa de donar de las familias ante la
consulta era del 50%; el año pasado, disminuyó a poco más del 30%, según
recordó Bacqué de su gestión. "Aún existe en la sociedad un porcentaje de
negativa en el consentimiento de las familias. Y eso no se modifica por
ley", agregó. Instó a consensuar una aplicación que "no impacte
negativamente en la confianza de la sociedad y logre el propósito positivo de
la ley a través del conocimiento, la confianza y la transparencia del
sistema".
Hace un mes, Lucas McCormack lanzó una petición a través de
la plataforma Change.org para reunir firmas. Su objetivo era que en Diputados
se debatiera el proyecto de ley que había aprobado el Senado para mejorar algunos
puntos débiles. "Yo soy donante de órganos. Hace más de 25 años que
trabajo en trasplantes y no tengo duda de que quiero que mis órganos sirvan a
alguien más -fundamentó-. Confío en el sistema de procuración y trasplantes.
Sin embargo, cuando muera, tampoco dudo de que quiera que se consulte a mi
hijo, mi mujer o mi familia acerca de mi última voluntad respecto del destino
de mis órganos. Y quiero que se respete su voluntad, porque quien respeta a mi
familia me respeta a mí".
Ahora, con la norma sancionada plantea dar el debate en
estos 90 días. "El nudo del cambio es la instalación del donante presunto
'duro', pero qué sentido tiene si con la reglamentación se va a
flexibilizar", dijo McCormack, jefe de trasplante hepático del Hospital Alemán.
Avanzar
Varios de los especialistas consultados, algunos de los
cuales prefirieron esperar que avance la convocatoria del Incucai para
reglamentar la ley, llamaron la atención sobre la votación por unanimidad en
ambas cámaras de un texto sin debate ni oposición. Y, también, que en Diputados
salteó el trabajo en comisiones para llegar directo al recinto.
"Ningún cirujano hará la ablación del cadáver de un
donante sin consentimiento de la familia. No existe en la práctica esa
situación, que me obliguen con la ley -dijo McCormack-. Y hay que ver cómo
ejerce el receptor sus derechos sobre esos órganos que el médico decide no
ablacionar. Por la transparencia del sistema, va a saber que el equipo médico
no hizo la ablación".
También, como sus colegas, destacó la importancia de la
incorporación de servicios de búsqueda de donantes en los centros de salud. Así
lo hizo Sabrina Fioretti, directora de la Comisión de Procuración de la
Sociedad Argentina de Trasplante (SAT), que explicó que el sistema de
procuración vigente falla porque sigue siendo extrahospitalario en la mayoría
de los casos.
"Siempre tiene que acudir el centro provincial de
ablación e implante o quien pueda hacerse cargo del donante. Además, hay una
fuga de donantes, porque el interés aún se concentra más en los potenciales
receptores -comentó-. Entonces, los equipos médicos avisan al Incucai o al
coordinador hospitalario que hay un potencial donante y nada más".
Solo en el Hospital Ángel Padilla, de Tucumán, y en cuatro
hospitales porteños hay unidades de procuración dentro de la estructura
hospitalaria, según precisó.
Hay, también, dos artículos sobre los servicios de
procuración y uno sobre la capacitación continua de los equipos de salud a los
que prestar atención. "Habrá que definir qué hospital, de acuerdo con el
sistema de complejidad, tendrá o no un programa de trasplante porque sí o sí
deberán incluir servicios de procuración". En cuanto a la formación
profesional, expresó: "Habría que especificar que las normas de detección,
evaluación y mantenimiento [de potenciales donantes fallecidos] las dicte el
Incucai, junto con las sociedades científicas".
España, en la mira
El modelo de referencia al que se aspira con la nueva ley es
el español. Con 14 trasplantes diarios, España mantiene hace un cuarto de siglo
el liderazgo en donación de órganos y se supera año tras año. A la hora de
explicarlo, los expertos señalan cuatro razones principales. Apuntan, primero,
a un alto sentido del altruismo. Le siguen una buena legislación, un buen
sistema y campañas de concientización.
La ley considera posible donante a toda persona fallecida
que no haya expresado la voluntad de no serlo, lo que se denomina el
consentimiento presunto. La última palabra, sin embargo, la tiene la familia.
Incluye a los mayores de 65 años.
La donación se contempla no solo en caso de muerte cerebral,
sino también en la muerte circulatoria (que es cuando se detienen el flujo de
sangre, los latidos y la respiración). Eso permite donaciones de personas que
acaben de morir por un infarto en la calle. El sistema alienta la
identificación de potenciales donantes y la extiende más allá de las unidades
de cuidados intensivos a los departamentos de urgencias y salas comunes de
hospitales.
La ley contempla, además, que una persona exprese su deseo de
no donar y también que la familia se niegue a hacerlo.
Fuente: La Nación