La Justicia del Chaco ordenó indemnizar a la familia de una
mujer que murió tras dar a luz en un hospital público. Dos médicos y el Estado
provincial deberán responder por los daños y perjuicios.
En los autos “M., A. por sí y en representación de sus hijas
menores: M. V. M. y B. M.; y M., M. S.; M., I. G. y S/ Daños y Perjuicios y
Daño Moral”, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de
Resistencia confirmó que un hombre y sus seis hijos deberán ser indemnizados
por la muerte de su esposa luego de dar a luz en un hospital público.
El trágico hecho ocurrió en 2001, cuando la mujer dio a luz
a una niña en el Hospital “Félix Pértile” de la localidad de General San
Martín, provincia del Chaco. La paciente presentó una hemorragia sanguínea y
descompensación por la tardía extracción
de la placenta.
Según los peritos, la extracción de la placenta y restos
ovulares no debe superar los 30 minutos después del parto, pero en el caso, por
la ausencia del médico tocoginecólogo, quién no se encontraba en la localidad,
la intervención se le practicó varias horas después.
Tras analizar el caso, el Tribunal de Alzada condenó al
médico que llegó tarde y al entonces director del hospital. También
responsabilizó al nosocomio por el fallecimiento de la mujer, que era madre de
cinco niños.
Sobre este último punto, los jueces advirtieron la
“existencia de notorias falencias en la prestación del servicio médico asistencial” brindado a la
paciente por la organización de un
sistema de guardias pasiva que resultó “absolutamente ineficiente para responder a la demanda de
salud requerida en el caso”.
"Se advierte claramente que la demora del médico
especialista en tocoginecología Dr., en guardia pasiva, para arribar al
nosocomio fue determinante en el resultado luctuoso", señaló el Tribunal.
Además señalaron la "inejecución de los deberes"
correspondientes al médico de guardia pasiva, como también la "falta de
control" de parte del director del establecimiento para garantizar la
prestación de los servicios necesarios.
Por último, los jueces remarcaron la "ineficacia del
sistema de banco de sangre" para proveer la respuesta inmediata requerida.
“Todo ello evidencia con creces la responsabilidad del Hospital demandado y del
Estado Provincial, como garante del sistema de salud pública”, concluyó el fallo.
Fuente: Diario Judicial - Fallo completo disponible en el portal de la fuente citada
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