Pese a las leyes vigentes,
especialistas afirman que muchas entidades utilizan mecanismos para evitar dar
cobertura completa a fármacos y estudios, lo que complica la atención de los
pacientes. Además, no cubren asistencia psicológica, como indican las normas
actuales. “Se anteponen los derechos comerciales al derecho constitucional a la
salud”, denuncian.
Si sirvió para algo las polémicas declaraciones de Alex
Freyre, que aseguró que si gana en 2015 la oposición no habrá medicamentos para
el Sida, es para visibilizar el trabajo de las entidades y los organismos
encargados de atender a los pacientes con HIV. Si bien hubo varias aclaraciones
respecto al suministro de estos fármacos, también quedó al descubierto algunos
aspectos oscuros de la cobertura de los antirretrovirales. Es que algunos
especialistas advirtieron que algunas obras sociales y prepagas realizan
algunas maniobras fraudulentas para evitar cubrir la entrega de estos
productos.
En el país existen leyes que garantizan la cobertura de los
fármacos antirretrovirales. Hablamos de la 24.455, que ordena a las obras
sociales incluir como “prestación obligatoria” el tratamiento médico,
psicológico y farmacológico de las personas que padecen sida, y la 24.754, de
Medicina Prepaga, que establece que las empresas o entidades que presten
servicios de medicina prepaga deberán cubrir, como mínimo, en sus planes de
cobertura las mismas “prestaciones obligatorias” dispuestas por las obras sociales,
a los pacientes con VIH. Pero muchas veces esto no se cumple.
“La problemática más recurrente se da cuando las obras
sociales o prepagas no autorizan todos los estudios que comportan gratuidad
según la ley, o se niegan a la cobertura de la atención psicológica”, dijo
Jorge Cueto, responsable del Centro
de Referencia de Infección por VIH/Sida de la municipalidad de La Plata. “Hay
obras sociales que dan cobertura limitada a cierta cantidad de sesiones y el
psicólogo y el paciente deben adecuarse a ese plazo acotado; no se debe dejar
de tener en cuenta que es una enfermedad crónica con afectación de por vida”,
afirmó.
Además, el profesional explicó que “respecto de los costos
de coberturas, las obras sociales responden que el paciente debe pagar y luego
gestionar un reintegro, o directamente deniegan la cobertura”. “A veces con una
historia clínica detallada del médico le brindan la cobertura completa que
indica la ley. Las obras sociales y prepagas se amparan en sus propias
reglamentaciones, y en un aval que les daría la Superintendencia de Seguros de
la Nación. Esto parece ser cierto, lo que es tenebroso porque antepone los
derechos comerciales al derecho constitucional a la salud”, sostuvo Cueto.
La situación incluye a algunas obras sociales estatales,
como el IOMA bonaerense. Allí, relató Cueto, “el intermediario es el Colegio de
Bioquímicos, que trabaja por cápita; cómo ésta es fija y los costos de insumos
aumentan, cortan por lo más fino que es la cobertura a los pacientes. A veces
tardan en incorporar nuevos estudios que van apareciendo y son necesarios para
evaluar a los pacientes, estos estudios tienen costos no calculados en la
cápita y tardan años en ser incorporados”.
Fuente: Mirada Profesional