Partes: O., F. D. c/ Administración Provincial del Seguro de Salud
(APROSS) s/ amparo
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial 3ra Nominación (Córdoba)
Fecha: 4 de Junio de 2015
Síntesis: Hace lugar a la acción de amparo promovida por un joven
contra su obra social a fin de que le otorgue cobertura integral para
realizarse la evaluación pre-trasplante y posterior trasplante bipulmonar en la
Fundación Favaloro. Rechaza el argumento de la demandada referente a que no
podría otorgar la cobertura en dicha institución porque está radicada fuera de
la provincia de Córdoba y porque tiene convenio vigente con el Hospital
Italiano. Refiere que a fin de dilucidar la cuestión debe darse preponderancia al
informe del Comité Consultivo y Operativo de Prácticas Médicas, Sanitarias y
Bioéticas del Poder Judicial que concluye en que es aconsejable que la
evaluación y trasplante bipulmonar del amparista se efectúe en la Fundación
Favaloro en la Ciudad de Buenos Aires. Máxime cuando la institución que ofrece
la demandada hace siete años que no realiza transplantes con las
características que requiere el actor.