jueves, 30 de julio de 2015

Se hace lugar a acción de amparo contra la APROSS para cobertura de trasplante bipulmonar en Fundación Favaloro

Partes: O., F. D. c/ Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS) s/ amparo

Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial 3ra Nominación (Córdoba)
Fecha: 4 de Junio de 2015

Síntesis: Hace lugar a la acción de amparo promovida por un joven contra su obra social a fin de que le otorgue cobertura integral para realizarse la evaluación pre-trasplante y posterior trasplante bipulmonar en la Fundación Favaloro. Rechaza el argumento de la demandada referente a que no podría otorgar la cobertura en dicha institución porque está radicada fuera de la provincia de Córdoba y porque tiene convenio vigente con el Hospital Italiano. Refiere que a fin de dilucidar la cuestión debe darse preponderancia al informe del Comité Consultivo y Operativo de Prácticas Médicas, Sanitarias y Bioéticas del Poder Judicial que concluye en que es aconsejable que la evaluación y trasplante bipulmonar del amparista se efectúe en la Fundación Favaloro en la Ciudad de Buenos Aires. Máxime cuando la institución que ofrece la demandada hace siete años que no realiza transplantes con las características que requiere el actor.