La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología autorizó, mediante la disposición 946/2018, la venta bajo receta
archivada de la droga, que por primera vez se podrá adquirir para la
interrupción del embarazo en los casos que contempla la ley.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología (ANMAT) autorizó, a través de la disposición 946/2018, la venta en
farmacias, bajo receta archivada, de la droga misoprostol, que por primera vez
se podrá adquirir para la interrupción del embarazo en los casos que contempla
la ley. Será el Laboratorio Domínguez, titular del producto Misop 200 ug, el autorizado para fabricar el medicamento.
Así lo confirmaron desde la ANMAT a Infobae.
La droga se distribuía únicamente en hospitales. Con la
nueva resolución de la ANMAT, los ginecólogos la podrán recetar a sus pacientes
en el consultorio cuando consideren que la mujer está bajo alguna de las
circunstancias que prevé la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
"Este medicamento se aprobó para fines ginecológicos,
si bien desde el ámbito de la salud lo vemos como algo lógico, es un
instrumento terapéutico para el aborto farmacológico, ya que hoy se realiza a
través de una pastilla vía oral y otra intravaginal sin necesidad de un proceso
de internación, sino meramente un procedimiento farmacéutico", describió
Marcelo Peretta, doctor en Farmacia y Bioquímica y secretario general del
Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos a Infobae.
Fuentes de la Secretaría de Gobierno de Salud afirmaron, que
se autorizó esta disposición porque existen múltiples indicaciones
ginecológicas y algunas obstétricas para el uso del Misoprostol en éstas dosis
que no requieren internación, y que sería traumático en estos casos internar a
una mujer para una práctica como esa.
Esto también incluye la interrupción legal del embarazo por
las causales exceptuadas en la normativa vigente. En los casos en que sea
utilizado para la Interrupción legal del Embarazo, previstas en el Código
penal, tiene que ser usado antes de las 10 semanas en base a la evidencia
científica, que recomienda su administración ambulatoria. Luego de la semana
10, en los casos de ILE, se requiere internación.
La interrupción del embarazo está autorizada únicamente
cuando representa un peligro para la vida de la mujer y este peligro no puede
ser evitado por otros medios, si el embarazo representa un peligro para la
salud de la mujer (entendida la salud como el bienestar físico,
mental-emocional y social) y si el embarazo proviene de una violación.
Lo novedoso de la nueva resolución de la Administración es
que hasta hoy el misoprostol se conseguía en las farmacias a través de un
medicamento llamado comercialmente Oxaprost (Laboratorios Beta), que venía
combinado con otra droga, diclofenac, que no estaba autorizado con fines
ginecológicos sino gástricos y su precio rondaba entre los 4200 pesos. El nuevo
medicamento se estima que estará más barato y por debajo de los 4000.
En cuanto a la distribución y el cumplimiento de regulación
que plantea la ANMAT, ya que su venta se puede efectuar únicamente bajo receta
archivada, la Administración dijo a Infobae que no estaba dentro de sus
competencias la regulación de las farmacias.
Con respecto al producto, la ANMAT emitió un comunicado en
agosto, donde aclara que dicha especialidad medicinal se encuentra autorizada
por la Administración desde julio pasado, en forma farmacéutica en comprimidos
vaginales, en una concentración de 200 ug, bajo la condición de venta bajo
receta archivada, para uso institucional y hospitalario exclusivo.
Cabe señalar que el misoprostol, al igual que otras
prostaglandinas, produce maduración cervical, dilatación y reblandecimiento del
cuello uterino, disminuyendo la cantidad de fibra de colágeno y permitiendo que
se intercale entre ellas una mayor cantidad de agua. Además, y de forma
consecutiva, el misoprostol aumenta la frecuencia y la intensidad de las
contracciones del músculo liso uterino, de forma que las fibras se orientan en
el sentido de la tensión ejercida sobre ellas, facilitando así la expulsión del
contenido del útero.
Estas propiedades del misoprostol permiten su utilización en
la maduración cervical previa a una histeroscopía, o en otros procedimientos
ginecológicos que requieran acceder a la cavidad uterina en la inducción del
parto, en la prevención o tratamiento de la hemorragia posparto, o en la
interrupción del embarazo en las condiciones establecidas por la legislación
vigente en nuestro país.
"Es una decisión que traerá sin dudas repercusiones
polémicas y me atrevería a decir que incluso escandalosas ya que esto llega dos
meses después de que el congreso rechazara la legalización del aborto",
concluyó Peretta.
Fuente: Infobae