Cambios en la vida cotidiana. Las mejoras que plantea el nuevo Código Civil están paradas
porque dependen de una ley especial que quedó trabada en el Congreso.
El Código Civil avanza con todo lo relacionado a la
fertilización asistida. Reconoce que padre es quien tiene la voluntad de serlo,
más allá de los genes, y también habilita el acceso a la información para los
hijos concebidos con gametos donados, reconociendo el derecho a la identidad.
Pero el avance por ahora es trunco, ya que el Código hace referencia a una ley
especial que aún no existe y a los bancos de donantes que tampoco existen.
“El nuevo Código Civil representa un hito, un acontecimiento
histórico, un enorme avance. Pero su aplicación está amenazada por la falta de
la Ley Especial a la que muchos artículos hacen referencia”, dicen en la
Asociación Civil Concebir. El artículo 9 habla de “la protección del embrión no
implantado”, y dice que “será objeto de una ley especial”. “Esta ley tiene
media sanción de Diputados y espera bajar a Senadores para lograr articular la
ley 26.862 de cobertura de los tratamientos de fertilización y el Código. En un
año electoral, parece muy difícil lograr el interés de los legisladores sobre
los temas pendientes”, dicen en Concebir.
El artículo 563 habla del derecho a la información de las
personas nacidas por técnicas de reproducción asistida, y dice que “debe
constar en el correspondiente legajo base para la inscripción del nacimiento”.
El artículo 564 aclara que “a petición de las personas nacidas a través de
técnicas de reproducción asistida se
puede obtener información relativa a datos médicos del donante... cuando es
relevante para la salud... y revelar la identidad del donante por razones
debidamente fundadas”.
La jurista Aida Kemelmajer, autora del Código junto a los
ministros de la Corte Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco, defiende
que haya leyes especiales. “Muchos temas deben ser regulados por leyes
especiales, porque requieren cambios legislativos rápidos, a medida que la
ciencia avanza. Es lo que pasa con las leyes que regulan la situación de los
embriones in vitro, que deben ser adaptadas rápidamente para que no se tornen
obsoletas. Hasta hace algunos años la criopreservación de óvulos no era posible
y hoy sí. Estos temas no pueden ser incluidos en el Código Civil, estructura
legal con mayor tendencia a la permanencia, lo que no significa total
inmovilidad. No es lo mismo modificar una ley especial que un Código, en el que
cada artículo integra un sistema”.
Fuente: Clarin