El organismo publicó en el Boletín Oficial la lista de los
productos que no pueden ser comercializados.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica (Anmat) prohibió nuevamente la comercialización de productos
alimenticios y domisanitarios. Las prohibiciones aparecieron publicadas este
miércoles en el Boletín Oficial.
La Resolución 1462/2017 prohíbe la comercialización de
suplementos dietarios a base de cafeína pura. Aduce que no encuadran en la
normativa vigente y que no pueden ser producidos, fraccionados, importados, ni
expendidos en todo el territorio argentino.
Los productos que se prohíben son: Powesa, Bio cafeina,
Natural Caffeine of Guarana Extract, Suplemento Dietario a Base de Guaraná y
Vitamina B 1, Prolab, Performance Simplified, Caffeine, Energy Focus Endurance,
Dietary Supplement, Nvs Labs, Caffeine Tablets, 100% pure, Pure Pharmaceutical
Grade Dietary Supplement, Al Sports Nutrition Caffeine y Dietary Supplement.
La resolución indica que "los productos ofrecidos
infringen el artículo 4° de la Ley 18284, el artículo 4° del Anexo II del
Decreto 2126/71 y los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino
(CAA), resultando ser productos ilegales".
En la disposición 1463/2017 la Anmat prohíbe el uso y la
venta de productos domisanitarios. Estas son preparaciones que se utilizan para
la limpieza, higiene, desinfección y desinfestación.
Se prohibieron todos los lotes de:
– Alguicida-funguicida, bactericida, máxima protección
NEWCLOR, Cont. Neto 500 cc ideal para piletas de lona PAMS 27871 RNE 020035491
RIN 2897648 RNPUD exp. 2110-857-13-2 Lote ilegible, Establecimiento Elaborador
4112-3566/03.
– Clarificador, floculante, precipitante, NEWCLOR, máxima
protección Cont. Neto 1 litro PAMS 027870 RNE 020035491 RIN 283161/2 RNPUD
2110-857-13-2. Establecimiento Elaborador 4112-3566/03.
Cloro para piscinas CARREFOUR Cont. Neto 10 litros
Hipoclorito de sodio 111 grs.Cl/l a la salida de fábrica RIN 2897648 PAMS Cert,
N° 27434 RNE 02003549 Sin dato de RNPUD Establecimiento Elaborador 4112-3566/03
Consumir preferentemente dentro de los 120 días de envasado.
– Lote 151 05 del producto rotulado como:
"Clarificador, floculante, precipitante, NEWCLOR, super concentrado Cont.
Neto 1 litro PAMS 027870 RNE 020035491 RIN 283161/2 RNPUD 2110-857-13-5 Lote
151 05 (poco legible) Env. OCT 15 Vto. OCT. 17 Establecimiento Elaborador
4112-3566/03" .
– Lote 150706 del producto rotulado como: "Alguicida,
antibacteriano, NEWCLOR, máxima protección Cont. Neto 1 litro PAMS 02781 RNE
020035491 RIN 283161/2 RNPUD 2110-857-13-2 Lote 150706 Env. Jul 15 Vto. Jul 17
Establecimiento Elaborador 4112-3566/03".
En la disposición 1464/2017, el organismo prohibió la
utilización y comercialización de productos médicos fabricados por la firma
BERMED S.R.L. La prohibición se mantendrá hasta tanto se encuentren inscriptos
en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta
Administración.
La Anmat es un organismo descentralizado que depende del
Ministerio de Salud de la Nación. Se encarga de realizar los procesos de
autorización, registro, normatización, vigilancia y fiscalización de los
productos que le competen en todo el país.
Fuente: Infobae