Disposición 2-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2017
VISTO el expediente N° 1-2002-20751/16-0 del Registro del
Ministerio de Salud y la Resolución
Ministerial N° 2045-E/2016 de fecha 16 de
noviembre de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo N° 1 de la Resolución Ministerial N°
2045-E/2016 de fecha 16 de noviembre de 2016 creó el REGISTRO NACIONAL DE
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas con la Salud.
Que dicho Registro funciona en el ámbito de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE RELACIONES CON ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD.
Que la mencionada DIRECCIÓN coordina y dicta los actos
administrativos complementarios que se estimen necesarios.
Que la inscripción al REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE
LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas con la Salud será voluntario y podrán inscribirse
en el mismo todas aquellas entidades y asociaciones de la sociedad civil sin
fines de lucro, reconocidas como tales por el Estado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado
intervención en la faz de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud del Artículo 2° de
la Resolución Ministerial N° 2045/16 de fecha 16 de noviembre de 2016.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES CON ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Apruébanse las “Normas de Funcionamiento e Inscripción”
del REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas con la
Salud, que como ANEXO I (IF-2017-01463065-PAN-DD#MS) forma parte integrante de
la presente.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el “FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN” del
REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas con la
Salud, que como ANEXO II (IF-2017-01463340-PAN-DD#MS) forma parte integrante de
la presente.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Carlos Alberto Bacigalup
Vertiz.
ANEXO I
Normas de Funcionamiento e Inscripción
Las organizaciones civiles sin fines de lucro, con
actividades en el sector salud, podrán solicitar su inscripción en el “REGISTRO
NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas a la Salud”.
La solicitud se complementará con la presentación personal,
en la Dirección Nacional de Relaciones con Organizaciones de la Sociedad o en
las Delegaciones Sanitarias Federales si la organización se encuentra
constituida en el interior del país, cuando se le asigne entrevista personal,
se le requerirá la siguiente documentación:
• Estatuto social y en caso de corresponder, sus
modificaciones (certificado por escribano público).
• Acta de designación de autoridades vigente (certificada
por escribano público).
• Constancia de CUIT.
Una vez recibida y analizada la documentación, se realizará
una entrevista personal con los responsables de la organización. La Dirección
Nacional de Relaciones con Organizaciones de la Sociedad es quien tiene la
potestad de decidir si corresponde la inscripción en dicho Registro e
informárselo a la misma.
Para las organizaciones que se encuentren radicadas en el
interior de país, las entrevistas personales serán tomadas por el Delegado
Sanitario Federal, quien remitirá a la Dirección Nacional de Relaciones con
Organizaciones de la Sociedad, la documentación solicitada junto con el informe
de la entrevista realizada.
Aceptada la inscripción, la organización será citada a fin
de notificarse del correspondiente acto administrativo de inscripción que
contendrá la fecha en que deberá actualizar la documentación presentada.
De no presentar en la fecha indicada la actualización de la
documentación, la organización será dada de baja del Registro.
La Dirección Nacional de Relaciones con Organizaciones de la
Sociedad tiene un plazo de sesenta (60) días hábiles desde recibida la
documentación solicitada para emitirse con respecto a la solicitud de
incorporación al Registro.
Quienes formen parte del presente Registro podrán ser
convocadas con el fin de promover su participación en la implementación de
políticas públicas, generando espacios institucionales de articulación
intersectorial; de impulsar y fomentar su articulación con las distintos áreas
del Ministerio, especialmente, en campañas de prevención de enfermedades,
promoción y protección de la salud dirigidas a la comunidad; colaborar en el
fortalecimiento de las organizaciones como actor social en su capacidad de
acción, gestión y articulación responsable, a través de capacitación y acciones
de comunicación.
La solicitud de inscripción se realizará a través de la web
del Ministerio de Salud, completando el formulario correspondiente, que se
establece por el Anexo II, en el cual se recabarán los datos de la organización
y sus actividades.
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La Dirección Nacional de Relaciones con Organizaciones de la
Sociedad publicará en la web del Ministerio el listado de organizaciones
registradas. Se publicará el nombre de la organización, su responsable y datos
de contacto.
ANEXO II
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
El formulario a completar vía web contendrá los siguientes
campos: