Un fallo obligó a una obra social a cubrir los gastos de una
neovaginoplastia, en virtud del derecho de adecuar su condición física al sexo
autopercibido.
La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, provincia
de Río Negro, hizo lugar a la medida cautelar solicitada a fin de obtener la
cobertura integral de una cirugía de reasignación de sexo.
En la causa "D. L. c/ Obra Social de los Empleados de
Comercio (OSECAC) s/ prestaciones quirúrgicas s/ inc de apelación", la
solicitante se agravió por la demora de la entidad en autorizar el
procedimiento y expresó que el factor temporal era decisivo para el desarrollo
de su personalidad y su identidad de género, por lo que cada día de retraso
importaba la irreversibilidad en su condición física, vulnerando su verdadera
identidad.
Los jueces coincidieron con lo expuesto por la defensa y
sostuvieron que "la incidencia negativa que el transcurso del tiempo le
ocasiona en el desarrollo de su personalidad y de su identidad de género al no
poder acceder a la reasignación genital, resulta suficiente para concluir en la
etapa preliminar del proceso sobre la presencia del periculum in mora".
En ese sentido, los magistrados resaltaron que la obra
social no podía fundar su negativa por la ausencia un informe psicológico,
cuando la ley 26.743 no lo exige, "postulando que no correspondía que
aportara constancias que avalaran el perjuicio que se le ha ocasionado pues el
mismo resultaba manifiesto dado el arduo proceso que ha atravesado a lo largo
de los años".
La sentencia destaca que, conforme a los derechos adquiridos
por el colectivo trans del cual forma parte, y y al derecho a ser operada para
adecuar su condición física al sexo autopercibido, no se puede cuestionar la
solicitud.
Finalmente, los camaritas condenaron a la Obra Social de los
Empleados de Comercio (OSECAC) a brindar la cobertura integral de la cirugía
neovaginoplastia, en el plazo de cinco días y bajo apercibimiento de
astreintes.
Fuente: www.diariojudicial.com - Fallo completo
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