Tribunal: Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nro 23. Ciudad de Buenos Aires
Fecha: 9 de Octubre de 2014
Síntesis:
Exclusión de cobertura médica. Incapacidad sobreviniente.
Hace lugar a la medida cautelar tendiente a que se ordene la afiliación del
hijo mayor de la actora a la obra social de la cual ésta última es afiliada
titular. Advierte que el hijo de la accionante, de 27 años de edad, fue
desafiliado automáticamente al cumplir la mayoría de edad y, con posterioridad
a la exclusión de la cobertura, desarrolló un cuadro que culminó en un brote
psicótico y en un diagnóstico con trastorno borderline. En consecuencia, tiene
por acreditado, prima facie, que la incapacidad fue sobreviniente, por lo que
se trata de un supuesto no previsto en la cláusula de exclusión invocada por la
demandada para denegar la afiliación.