viernes, 12 de diciembre de 2014

La justicia ratifica que los medicamentos sólo se pueden dispensar en farmacias

En la Provincia de Buenos Aires nunca se pudo vender medicamentos fuera de las farmacias, pues la Ley Provincial 10.606 establece que inclusive los medicamentos sin receta médica o de Venta Libre se dispensen exclusivamente en las farmacias habilitadas en el territorio bonaerense. Sin embargo, en la Ciudad de Buenos Aires luego de haberse sancionado la Ley nacional 26.567 en el año 2009, la Unión de Kiosqueros de la República Argentina discutió la aplicabilidad de la Ley ante la justicia.

Esto llevó a que se continuaran vendiendo medicamentos en la Ciudad de Buenos Aires, como es de esperar comienzan a encontrarse medicamentos en distintos puntos del Conurbano Bonaerense para luego extenderse en el resto de la Provincia.

En aquel entonces la Confederación Farmacéutica Argentina se presento para defender la aplicabilidad de la Ley 26.567 en todo el país, Entidad que había trabajado incansablemente para que Todos los medicamentos se dispensen en farmacia con sólidos argumentos sanitarios y dando vuelta el Decreto de desregulación de los años ’90, la sanción de la Ley 26.567 puso nuevamente el medicamento en manos del farmacéutico.

Hoy un fallo judicial definitivo establece que los medicamentos sólo se dispensan en farmacia, poniendo punto final a las discusiones, y prohibiendo la venta en kioscos.

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires reafirmó la vigencia de la Ley nacional 26.567, que dispone la dispensa de medicamentos exclusivamente en farmacias bajo supervisión de un profesional farmacéutico. Esta Ley también considera ejercicio ilegal de la farmacia, la venta de medicamentos fuera de los establecimientos farmacéuticos habilitados.

En el fallo con fecha del 21 de noviembre de 2014 se dio a conocer esta semana, el mismo establece que los kioscos habilitados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán realizar su actividad comercial normalmente, pero no podrán vender medicamentos bajo ningún punto de vista, aunque los mismos tengan la condición de venta sin receta medica o de Venta Libre.

El fallo de la Cámara consideró, asimismo, que el Decreto 2.284 que desreguló la actividad farmacéutica en el año 1991, permitiendo la venta de medicamentos llamados de “venta libre” fuera de las farmacias, no continúa vigente en la Ciudad de Buenos Aires, debiendo prevalecer la Ley nacional 26.567 (venta exclusiva en farmacias) sancionada en el año 2009.

El fallo, que sienta jurisprudencia, demolió todos los argumentos de los kiosqueros, que a pesar de existir la Ley nacional seguían resistiendo su cumplimiento bajo argumentos comerciales, sin tener en cuenta la salud de los habitantes de CABA, y fueron a la justicia a discutir la aplicabilidad de la misma durante 5 años.

Finalmente, el fallo estable que todas las costas de la instancia judicial se impongan a la Unión de Kiosqueros de la República Argentina (UKRA), que resultara vencida y sus planteos desestimados.

El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires informa a la comunidad que solo adquiera sus medicamentos en las farmacias habilitadas en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, sólo de esa manera se garantiza la legitimidad, la seguridad, y la eficacia de los mismos.

Fuente: Mirada Profesional