Esta norma no siempre se cumple ofreciéndose, en muchas
situaciones, solo los fármacos más caros prescripcion.
La Organización Mundial de la Salud lanzó en marzo una
iniciativa global para reducir a la mitad los daños graves y evitables
relacionados con la medicación en todos los países en los próximos cinco años.
El objeto de este proyecto, conocido como Reto Mundial por
la Seguridad del Paciente, es subsanar las deficiencias en los sistemas de
salud que llevan a errores de medicación y, consecuentemente, a daños graves en
la salud del paciente. La iniciativa detalla cómo mejorar la prescripción,
distribución y consumo de los medicamentos. Asimismo, llama la atención de los
pacientes sobre los riesgos asociados a un uso inapropiado de estos.
En Argentina, existe una ley que especifica cómo deben
actuar los médicos y los farmacéuticos a la hora de prescribir y dispensar
medicamentos, respectivamente. Establece, en el primer caso, que “toda receta o
prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando el nombre
genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique,
seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de
concentración”. Por otro lado, según esta ley, la persona siempre tiene la
posibilidad de elegir el medicamento que desea comprar independientemente de la
marca detallada en la receta.
Esta medida responde al objetivo del programa lanzado por la
OMS, que en un comunicado señala que es necesario poner en marcha sistemas y
procedimientos para que el paciente correcto reciba la medicación correcta en
la dosis, vía y momento correctos.
Con respecto a la protección de los consumidores de
medicamentos, la ley establece normas que regulan el expendio de los mismos.
Así, uno de sus artículos expresa que “los establecimientos autorizados deberán
informar al público todas las especialidades medicinales que contengan el mismo
principio activo o combinación de ellos que la prescrita en la receta médica
que se les exhiba y los distintos precios de esos productos”. En este aspecto,
la ley se dirige directamente a las farmacias y a los farmacéuticos que venden
los medicamentos a los pacientes y que, en muchos casos, no cumplen con lo
establecido por la ley.
La ley, además, dispone que los envases de los medicamentos
deben incorporar los nombres genéricos de igual tamaño y realce que el nombre
comercial. Asimismo, establece que será obligatorio el nombre genérico en todo
envase primario, secundario, rótulo, prospecto o cualquier otro documento
utilizado por la industria farmacéutica, médica o promoción de las
especialidades medicinales.
El objetivo de la iniciativa de la Organización Mundial de
la Salud es mejorar todas las fases del proceso de medicación, que son la
prescripción, la dispensación, la administración, el seguimiento y el uso. La
institución ha puesto como objetivo elaborar estrategias y ofrecer
orientaciones e instrumentos para que la seguridad de los pacientes en todos
los centros sanitarios sea lo primordial.
Fuente: iprofesional.com