jueves, 31 de octubre de 2013

Empresa de productos de uso cosmético demanda al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires

Partes: “Colgate Palmolive Argentina S.A. y otro c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad” – CSJN – 01/10/2013

Resumen:

SALUD PÚBLICA. PRODUCTOS DE USO DOMÉSTICO. Régimen de inscripción, aprobación, fiscalización y control de productos que cuentan con autorización de autoridad nacional. ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA. Art. 322 del CPCCN. Procedencia. DECLARACIÓN DE INVALIDEZ DEL DECRETO 321/87 DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Coalición con la legislación nacional. Resoluciones del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación 708/98 y 709/98. Afectación del principio de supremacía federal. Art. 31 de la CN. Poder de policía. Cláusula comercial. 

“… es dable recordar que el poder de policía se define como la potestad reguladora del ejercicio de los derechos y del cumplimiento de los deberes constitucionales del individuo, la que para asumir validez constitucional debe reconocer un principio de razonabilidad que disipe toda iniquidad y que relacione los medios elegidos con los propósitos perseguidos (Fallos: 319:1934).” (Del voto de la mayoría)

“… según se desprende de los términos del artículo 1º del decreto local 321/87, el régimen local instaurado abarca no solo a las personas físicas y jurídicas que elaboren, fraccionen, conserven, transporten, expidan, expongan o manipulen productos de uso doméstico con destino inmediato al consumo público, dentro del ámbito de la provincia, sino también a aquellas que aprobadas por la autoridad nacional, lo hacen en todo el ámbito de la Nación.” (Del voto de la mayoría)

“… a través de la resolución 708/98 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación se crea el Registro Nacional de Establecimientos Domisanitarios, que comprende a todos aquellos que realicen actividades de elaboración, fraccionamiento, importación o exportación de productos domisanitarios en jurisdicción nacional o con destino al comercio interprovincial y/o con el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 1°).” (Del voto de la mayoría)

“A su vez, por medio de la resolución 709/98, de ese organismo nacional se crea el Registro Nacional de Productos Domisanitarios, el cual incluye a aquéllos que se elaboren, fraccionen o importen en jurisdicción nacional o tengan como destino el comercio interprovincial y/o con el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires (articulo l°), cuyo funcionamiento se encuentra a cargo de' la ANMAT (articulo 2°).” (Del voto de la mayoría)

“… al tratarse de actividad comercial interjurisdiccional, las inscripciones y autorizaciones que deben obtener las empresas para comercializar sus productos domisanitarios han de quedar alcanzadas, en cuanto a su regulación, solo por la jurisdicción nacional. Ésta es la ratio de la cláusula comercial en su aplicación al sub examine.” (Del voto de la mayoría)

miércoles, 30 de octubre de 2013

Farmacéuticos sanjuaninos piden que la provincia se adhiera a la ley nacional que regula las farmacias

Desde el Colegio Profesional local pidieron que la normativa tenga vigencia a nivel provincial, ya que hasta el momento no hay una regulación efectiva. Tampoco está vigente la resolución de Salud que prohíbe vender golosinas y bebidas. “La nueva reglamentación es muy buena como medida sanitaria”, destacaron sobre la disposición de la semana pasada.

La reciente resolución que establece que las farmacias no pueden vender golosinas, bebidas y otros productos que no estén relacionados con su rol sanitario vino a completar la ley que regula el sector, y que establece la prohibición de vender medicamentos por fuera de su circuito. Pero la norma, aprobada por unanimidad en el Congreso nacional, no está vigente en todo el país. En San Juan, los farmacéuticos volvieron a pedir que la provincia se suma a la reglamentación, para poder evitar la venta ilegal y sumarse a la nueva normativa nacional. “La nueva reglamentación es muy buena como medida sanitaria”, destacaron sobre la disposición de la semana pasada.

El pedido para adherir a la ley 26.567 fue realizado por el Colegio de Farmacéuticos de san juan, que advierten que hasta el momento la norma no está vigente en la provincia cuyana. “La provincia no ha adherido a la ley nacional, por eso nuestro pedido es que la provincia se adhiera a la ley para que el medicamento esté en la farmacia exclusivamente”, dijo en una entrevista con el diario El Zonda Sergio Cornejo, presidente del Colegio Farmacéutico local. Para el farmacéutico, la nueva reglamentación “es muy buena como medida sanitaria”.

Cornejo recordó que ya hablaron con varios legisladores de la provincia para intentar sumar a San Juan a las leyes nacionales, y llevar normalidad al mercado de medicamentos. “En su momento hablamos con el diputado Javier Ruiz, y no tuvo mayores resultados. También, con Raúl Ávila estamos trabajando para presentar un proyecto que posibilite discutir el tema, porque es un asunto muy sensible y toca intereses ajenos”, expresó.

Obra social deberá brindar cobertura de servicios educativos a afiliada menor con discapacidad

Partes: P. M. c/ O. S. D. E. s/ amparo

Los servicios educativos peticionados por el amparista constituyen por su finalidad prestaciones de salud y no pueden escapar al ámbito de responsabilidad de la Obra Social demandada.

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal 
Sala/Juzgado: II 
Fecha: 16-ago-2013

Sumario: 

1.-Corresponde rechazar el recurso de apelación deducido por la obra social condenada a brindar cobertura a la actora según lo peticionó cautelarmente del 100% de la escolaridad común con integración de conformidad con lo prescripto por el médico tratante, pues el costo de la integración escolar hace al concepto de salud del menor estando en juego en el desarrollo de su educación el derecho a la salud, a la integridad física y psíquica, ambas tuteladas por la Convención Americana de Derechos Humanos.

2.-Los menores, máxime cuando se encuentra comprometida su salud y normal desarrollo, requieren la especial atención no sólo de quienes están obligados a su cuidado sino la de los jueces y de la sociedad toda, pues, la consideración primordial del interés del menor, que la Convención sobre los Derechos del Niño impone a toda autoridad nacional en los asuntos que los conciernen, viene a orientar y condicionar la decisión de los jueces llamados al juzgamiento de tales casos. 

Fallo:

martes, 29 de octubre de 2013

La OMS confirma diez casos de polio en Siria y advierte de que podría propagarse

El país no registraba esta enfermedad vírica contagiosa desde el año 1999. Los programas de vacunación se suspendieron y la cobertura ha bajado casi a la mitad.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha confirmado hoy diez casos de polio en Siria, donde no se registraba ninguno desde 1999, y ha alertado de que hay riesgo de que esta enfermedad vírica  se propague. Hay 12 casos más que aún se están investigando. Hace unos días, el 19 de octubre, la OMS anunció que estaba investigando varios casos sospechosos en niños menores de 2 años en la región de Deir Al Zour, en el noroeste del país.

El portavoz de la iniciativa de la OMS para la erradicación de la polio, Oliver Rosenbauer, ha confirmado hoy en Ginebra que se han identificado 22 casos de parálisis flácida aguda. "En 10 hemos confirmado que la causa ha sido el virus de la polio", ha afirmado, según recoge Efe. El riesgo de que esta enfermedad altamente contagiosa se propague en la región es alto debido a los desplazamientos de población provocados por el conflicto armado que sufre el país.

El Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC en sus siglas en inglés) alertó ayer en su boletín semanal de que, de confirmarse el brote, "se incrementa el riesgo de importación del virus de la polio a la Unión Europea" y de que vuelva a instalarse y a transmitirse entre los Estados miembros. En los tres primeros trimestres de 2012, más de 11.500 sirios han solicitado asilo en la Unión Europea.

"El riesgo de que se extienda existe porque sabemos que hay bolsas de personas susceptibles", asegura el presidente de la Asociación Española de Vacunología, José María Bayas. "La enfermedad puede reaparecer. Los microorganismos viajan con las personas, además en condiciones de hacinamiento y falta de higiene. Los afectados parece que son niños no vacunados, nacidos ya en época de conflicto", añade. "Es difícil que la polio llegue a Europa Occidental porque las coberturas vacunales son altas. Sin embargo, hay movimientos contrarios a la vacunación y podrían producirse casos aislados, aunque no brotes", señala acerca del aviso del ECDC.

Tucumán: avanza programa provincial que entrega medicamentos oncológicos de forma gratuita

En la provincia norteña funciona un plan para garantizar los tratamientos para todos los pacientes que asisten a hospitales y centros de salud local. A cargo de la farmacia pública, es parte del programa que provee fármacos a los planes ambulatorios, como los de diabetes y epilepsia. En total, ya se entregaron más de 8 millones de comprimidos de todo tipo.

Las noticias sobre faltantes de medicación oncológica se fueron sumando en todo el país, una situación que preocupa y mucho a los pacientes y los profesionales sanitarios. Por eso, desde las provincias buscan garantizar la provisión de tratamientos, que una vez interrumpidos pueden generar problemas graves de salud. Este es el caso de Tucumán, que anunció que avanza el plan local para lograr la entrega gratuita de fármacos a todos los pacientes con algún tipo de tumor. Esto se suma a otras iniciativas, como la aprobada en Salta por la legislatura.

El programa de entrega de medicamentos oncológicos de Tucumán está a cargo de la División de Farmacia Oficial, y tiene como objetivo garantizar los medicamentos para todos los pacientes bajo tratamiento farmacológico de pacientes ambulatorios. Este organismo, informaron, “tiene como función específica elaborar y proveer de medicamentos sin cargo a personas que transita una enfermedad y que están bajo programa”.

El ministro de Salud, Pablo Yedlin, supervisó el funcionamiento de la división perteneciente al área integrada de Salud del SIPROSA y destacó que la institución permite mantener un registro acerca de los pacientes: "se sabe quiénes son, como se llaman, donde viven, la evolución de la enfermedad y los controles que se realizan. A cada una de estas personas se les entrega una chequera que asegura su tratamientos, las revisaciones, y los remedios que necesitan los cuales, en su mayoría, tienen un altísimo costo," indicó.

Por su parte, la jefa de la División de Farmacia Oficial, Adriana Fracchia, explicó que “el paciente se inscribe en el Programa según su necesidad para recibir los beneficios de la chequera con la que luego concurre a la Farmacia donde se le hace entrega de su medicación”.

En este marco, Fracchia, agregó que a partir de un proyecto, este año se comenzó a distribuir en todos los CAPS de la provincia los botiquines con medicamentos esenciales del Programa Remediar. "Con esto logramos aumentar la eficiencia, mejorar la entrega y conocer la demanda de cada servicio", remarcó. Cabe destacar, que en esta farmacia se fabrican por año aproximadamente 8.500.000 comprimidos, 20.000 frascos de soluciones de uso externo y 180.000 potes de crema.

Algunos de estos planes que son parte del plan de entrega de medicamentos son los programas provinciales de Tabaquismo, Epilepsia, Diabetes, Artritis Reumatoide y otras enfermedades oncológicas, cuyo tratamiento es prolongado y muy difícil de costear.

Fuente: Mirada Profesional Farmacéutica

lunes, 28 de octubre de 2013

Responsabilizan a clínica por no contar con anestesista para la práctica de una cesárea

Partes: F., L. L. y o. c/ Vera, Rubén A. -Policlínico Tupungato S.A. s/ daños y perjuicios

Responsabilidad de la clínica a la que la paciente fue derivada por no contar con un anestesista para practicar una cesárea cuando se trataba de un centro asistencial que debía contar con dicho equipamiento y como consecuencia de la demora se le debió practicar una histerectomía. Cuadro de rubros indemnizatorios.

Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributaria de Mendoza 
Fecha: 9-sep-2013

Sumario: 

1.-Corresponde admitir la demanda interpuesta en contra de la clínica demandada y condenar a resarcir el daño causado a la actora quien como consecuencia de la demora en la realización de una cesárea por no existir equipo ni anestesista debió ser derivada, toda vez que se encuentra acreditada la incapacidad para procrear por la histerectomía que se le practicó rechazándose la demanda respecto del médico que dispuso su derivación al nosocomio que contara con el equipamiento debido.

2.-Toda vez que la pericia médico ginecológica resulta tan aseverativa respecto de la diligencia adoptada por el médico demandado que no deja margen para las dudas y no existe prueba o indicio que permita estimar que el referido accionado haya resultado responsable de las consecuencias (histeroctomía) que se derivaron del suceso analizado, pues no puede colegirse deficiente actuación profesional.

3.-Tratándose una parturienta que tuvo tres gestas, tres paras eutócicas y en el informe de derivación surge como antecedentes la falta de progresión de parto de su tercera gesta, sin embargo eso no se encuentra consignado en la H.C. perinatal agregada, dicha información resulta de gran importancia puesto que tal antecedente, aconsejaba no solo un mayor control durante el trabajo de parto sino la programación de una cesárea, lo que evidentemente desconocía el médico obstetra demandado.

4.-No pude responsabilizarse al médico cuando el paciente relativiza la trascendental información que omitió hacer conocer al médico pues la falta de conocimiento del antecedente de que se trataba de una parturienta que tuvo tres gestas, tres paras eutócicas, resulta relevante ya que la participación del paciente mediante una conducta adecuada de colaboración (ya sea antes, mediante las informaciones que permitan caracterizar los síntomas; durante la ejecución del acto médico para corroborar su eficacia, y después del acto quirúrgico, para controlar los efectos), contribuyen a concurrir con el accionar del médico en la finalidad del acto médico asistencial.

Jornada sobre Concientización y Alfabetización en Hidroarsenicismo


"Premios Observatorio de Salud 2013" - Invitación


viernes, 25 de octubre de 2013

Niña nacida con VIH en EE.UU. sigue libre del virus

Una bebé de 3 años nacida con VIH transmitida por su madre durante el parto sigue libre del virus al menos 18 meses después de que dejaron de suministrarle las píldoras antivirales, según reportó la revista especializada New England Journal of Medicine.

Los datos más recientes del estudio sobre la niña, publicados en la versión online de la revista, sugieren que otros investigadores pueden intentar replicar el tratamiento en más bebés recién nacidos.
Además, esto significa que la niña, nacida en Misisipi, Estados Unidos, podría posiblemente estar curada de la infección de VIH. Sería la segunda persona en el mundo con esa distinción: la primera fue Timothy Ray Brown, un estadounidense de 47 años que parece haber sido curado luego de un trasplante de médula ósea que recibió en Berlín hace seis años.

La madre de la bebé no recibió cuidado prenatal, así que no estaba identificada como infectada con VIH antes del parto. Si lo hubiera estado, habría recibido drogas que son altamente efectivas para prevenir la trasmisión madre a hijo del virus.

Vale decir que en el informe publicado no se habla de una curación, sino que es el seguimiento de un caso con buenas perspectivas.
El más reciente reporte responde muchas de las incógnitas iniciales cuando se reveló el caso a principios de año. Muchos fueron escépticos sobre si de hecho la bebé quedó infectada con VIH cuando nació o si sólo tenía remanentes del virus en su sangre, o incluso si las células infectadas fueron transferidas antes del parto.
Los datos corroboran que la bebé estaba infectada con VIH.

Si el experimento es exitoso al final, sería un gran avance en la prevención del VIH y el sida en niños en muchas partes del mundo.

Cada día nacen cerca de 1.000 bebés con VIH, según los cálculos más recientes del Reporte Mundial de ONUSIDA. Eso significa que cerca de 330.000 niños viven con el letal virus. La mayoría de estas infecciones se presentaron en los países en vías de desarrollo.

Fuente: Mirada Profesional Farmacéutica

Ordenan a obra social la cobertura de gastos de traslado y estadía a afiliado con trasplante hepático

Partes: M., G. N. c/ Instituto de Obra Social de la Provincia de Corrientes s/ s/ medida autosatisfactiva (conocimiento)

Se ordena a la obra social proveer al actor pasaje aéreo, alojamiento y pensión a favor del mismo y de un acompañante a los efectos de realizarse los tratamientos de control y rehabilitación post trasplante hepático.

Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes 
Sala/Juzgado: IV 
Fecha: 23-ago-2013

Sumario: 

1.-Corresponde revocar la sentencia apelada y hacer lugar a la medida autosatisfactiva, ordenando a la obra social a brindar en forma inmediata la cobertura de pasaje aéreo, alojamiento y pensión a favor del actor y de un acompañante a los efectos de trasladarse todas las veces que sean necesarias para realizarse los tratamientos de control y rehabilitación post trasplante hepático.

2.-Ante la negativa de la obra social demandada a brindar cobertura al actor, desconociendo su derecho a la salud y su condición de trasplantado -y en consecuencia de discapacitado-, y dada la urgencia de la protección solicitada, atento al riesgo que la falta de tratamiento y rehabilitación provoca en su vida, encontrándose holgadamente acreditada la deficiencia y dolencia que lo afecta, y teniendo en cuenta que de la prueba aportada no surge oposición ni impugnación a tales cuestiones por parte de la demandada, corresponde concluir la procedencia de la medida autosatisfactiva planteada, condenando a la obra social a cubrir a su afiliado su imperiosa e impostergable necesidad asistencial. 

Fallo:

jueves, 24 de octubre de 2013

Nómina de Premiados - "Premios Observatorio de Salud 2013"

Agradecemos por la amplia participación e interés y felicitamos a todos por la calidad de sus trabajos. Damos a conocer la nómina de premiados a continuación.

La ceremonia de entrega de premios, menciones y reconocimientos tendrá lugar el próximo viernes 8 de noviembre a las 17 horas en el Salón de Actos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Av. Figueroa Alcorta 2263 - CABA)

A quienes quieran asistir a la misma, rogamos enviar un e-mail para inscribirse a: 



miércoles, 23 de octubre de 2013

Se rechaza acción de amparo por cobertura integral de prestación de fertilización in vitro

Partes: M. M. O. y otro c/ Obra Social OSPIMOL y otros s/ amparo

Se rechaza la acción de amparo contra la obra social, la empresa de medicina prepaga y el Estado Nacional a fin de obtener cobertura integral de la prestación de fertilización in vitro por técnica ICSI, más biopsia blastomérica y diagnóstico genético preimplantatorio.

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal 
Sala/Juzgado: I 
Fecha: 12-jul-2013

Sumario: 

1.-Corresponde confirmar la resolución apelada que rechazó la acción de amparo contra la obra social, la empresa de medicina prepaga y el Estado Nacional a fin de obtener la cobertura integral de la prestación de fertilización in vitro por técnica ICSI, más biopsia blastomérica y diagnóstico genético preimplantatorio, toda vez que dichas técnicas de fertilización asistida con las características solicitadas no han sido contempladas en la ley 14208  de la Provincia de Buenos -donde tienen domicilio los actores- ni en la ley Nacional 26862 , por lo que hasta tanto dicha materia sea objeto de regulación normativa, se debe mantener el criterio adverso que viene sosteniendo el Tribunal en relación a pretensiones como las de autos.

2.-Corresponde confirmar la imposición de costas en el orden causado en atención a la novedad de la materia involucrada (art. 68, segundo párr. , del CPCCN., supletoriamente aplicable en virtud del art. 17  de la ley 16986). 

Fallo:

Buenos Aires, 12 de julio de 2013.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 258/260 -cuyo traslado fue contestado a fs. 269/273 y 278/282- contra la resolución dictada a fs. 248/249, y CONSIDERANDO:

1. Los actores -domiciliados en la localidad de Merlo, Provincia de Buenos Aires- interpusieron acción de amparo contra la Obra Social del Personal de la Industria Molinera -OSPIMOL-, "CS Salud S.A.Omint" y el Estado Nacional a fin de obtener la cobertura integral de de la prestación de fertilización in vitro por técnica ICSI, más biopsia blastomérica y diagnóstico genético preimplantatorio, incluyendo medicamentos, honorarios y cualquier otro gasto concerniente al tratamiento. Relataron que su primera hija falleció a los ocho años como consecuencia de la fibrosis quística de páncreas que padecía. Fundaron su petición en la necesidad de intentar lograr la concepción de una descendencia que no padezca esta enfermedad de origen genético (cfr.fs. 20/24).

Más sombras que luces en la lucha contra la tuberculosis

Aunque el número de afectados y fallecidos por la tuberculosis ha descendido significativamente y el mundo va camino de alcanzar los Objetivos del Milenio relativos a esta enfermedad, aún quedan muchas metas por cumplir y algunos datos alarman especialmente a la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Un hombre se hace la prueba de la tuberculosis.| Bernardo DíazEn su 'Informe global sobre tuberculosis 2013', este organismo de Naciones Unidas manifiesta su preocupación por el alarmante aumento de resistencias a los antibióticos tradicionales, así como las restricciones en el acceso a fármacos por culpa de problemas económicos en una larga lista de países.

De hecho, el documento advierte de que uno de cada tres enfermos de tuberculosis en el mundo está sin tratamiento, nada menos que tres millones de personas que 'escapan' a los sistemas sanitarios y se convierten así en un preocupante problema de salud pública. El 75% de estos afectados se encuentra en 12 países, y ni siquiera están diagnosticados como reconoce Mario Raviglione, director del Programa Global de Tuberculosis de la OMS.

Un problema paralelo es la falta de recursos. Muchos sistemas de salud, advierte la OMS, no tienen capacidad para llegar hasta los pacientes 'marginales', difíciles de captar por las vías tradicionales, lo que significa que están sin diagnosticar y sin tratar. Y esto preocupa especialmente en el caso de las cepas resistentes y multiresistentes (que no responden a la mayoría de los antibióticos disponibles).

De hecho, aunque los tests de diagnóstico rápidos han permitido aumentar el número de casos detectados en 2012 un 40%, tres de cada cuatro pacientes con una tuberculosis multiresistente siguen sin ser diagnosticados. Pero incluso en el caso de los que sí son detectados, hasta 16.000 pacientes diagnosticados en 2012 no tienen acceso a tratamiento.

martes, 22 de octubre de 2013

Empresa de medicina prepaga deberá brindar cobertura total de medicamentos a afiliado con discapacidad

Partes: G. I. T. c/ Swiss Medical S.A. s/ sumarísimo

La empresa de medicina prepaga debe brindar cobertura del 100% del medicamento indicado para la enfermedad del amparista aun cuando no estuviere incluido en el listado del PMO. 

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal 
Sala/Juzgado: III 
Fecha: 4-jul-2013

Sumario: 

1.-Corresponde confirmar la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo y condenó a la empresa de medicina prepaga demandada a brindar cobertura del 100 % de la medicación pretendida según la indicación de los médicos tratantes del afiliado así como los tratamientos que pudieran ser indicado para su enfermedad - de Crohn - atento la condición de discapacitado del actor, y por aplicabilidad de la ley 24901  que instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.

2.-La demandada no puede desconocer su obligación de brindar la cobertura del 100% del medicamento requerido por el amparista en su condición de discapacitado, pues su actitud remisa de brindar una atención integral y adecuada a la patología que él padece constituyen una negativa injustificada y un actuar arbitrario que se aparta del principio de legalidad impuesto por el art. 19  de la CN., y de la normativa vigente respecto de las personas con discapacidad.

Culpan a las prepagas por la mala atención en las clínicas privadas mendocinas

El titular de Defensa al Consumidor y la ONG Protectora coincidieron en que el mal desempeño de las empresas de medicina prepaga dificulta la atención médica. En el sector público, en cambio, las causas responden a la falta de insumos, de personal y los problemas de infraestructura.

La atención en los hospitales y clínicas privadas no es buena, desde dos organismos orientados a la defensa del público nos explicaron las principales causas, y de qué se queja la gente.

El titular de Defensa al Consumidor, el abogado Guido Rocuzzo relató que la principal causa en la mala atención de las clínicas son los conflictos con las prepagas.

"Usualmente se denuncia a las empresas de medicina prepaga cuando se niegan a cumplir una determinada prestación que esta en el PMO (Plan Médico Obligatorio) o en su propia carta constitutiva" dijo Rocuzzo.

En este caso el organismo llama a las partes a una audiencia conciliatoria y si esta fracasa, Defensa al Consumidor tiene la autoridad necesaria para aplicar las sanciones que marca la ley e incluso ordenar a que la situación cese -la negativa a cubrir una prestación- explicó el responsable de la cartera.

El abogado se refirió a los co-seguros y demás ´gastos extras´que agreguen las prepagas y que a menudo son causa de reclamos de los consumidores e indicó que "es legal siempre y cuando el usuario esté informado".

"La información al consumidor es lo principal, se debe informar cuándo y cómo se va a realizar el aumento en las cuotas o cuáles van a ser los co-seguros, no puede unilateralmente la empresa de medicina privada realizar cambios" finalizó.

Por su parte, el titular de Protectora, el abogado José Luis Ramón indicó que algunos problemas persisten porque "el consumidor no reclama"

"A veces recibimos quejas y, una vez que se actúa, las clínicas responden con una solución rápida hacia el usuario, pero si no hay reclamo se aprovechan y no cumplen".

lunes, 21 de octubre de 2013

La sentencia mexicana sobre el Asperger que impacta a un continente

México dio un paso adelante en el reconocimiento a los derechos de las personas con discapacidad, después que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que un joven con síndrome de Asperger puede asumir el control de su vida.

Ricardo Adair Coronel Robles, joven mexicano con síndrome de AspergeLa decisión de los jueces surge después que Ricardo Adair Coronel Robles y su familia solicitaron declarar inconstitucional el estatus de interdicción, una figura legal que cancela a quienes se encuentran en ese caso la posibilidad de tomar decisiones propias, pues éstas deben asumirlas sus tutores.

Se trata de un polémico mecanismo, reconocen especialistas, pues aunque la intención original es proteger a las personas con discapacidad en algunas ocasiones se cometen abusos.

Quienes se encuentran bajo interdicción no pueden, por ejemplo, decidir por sí solos con qué persona establecer una relación sentimental, gestionar una cuenta bancaria o vivir solos sin permiso del tutor.

"Es una figura que viola derechos humanos. Definitivamente tiene buenas intenciones pero te cancela como persona", explica Andrés Aguinaco Gómez Mont, abogado de Ricardo Adair.

"Avance"

La decisión de la SCJN abre la puerta para que las personas con discapacidad tomen sus decisiones, aunque los ministros establecieron como una condición que sea un juez el que determine cuáles derechos pueden asumir.

Reclaman en Costa Rica una ley que combata la falsificación y el tráfico de medicamentos

Laboratorios y funcionarios de la salud reclaman que la legislatura nacional de ese país trate una norma que pene este delito, que desde hace tiempo está aumentando en la zona de Centroamérica. Hasta ahora, la normativa nacional sólo reprime el contrabando, pero con penas menores. La ley cuenta con el apoyo de distintos especialistas sobre el tema.

En los últimos años, el mercado negro de medicamentos creció de manera exponencial y hoy es un negocio tan lucrativo que incluso supera a las drogas ilegales tradicionales, como la cocaína. Este fenómeno llegó incluso a zonas que antes no eran importantes para estas bandas delictivas. Ese es el caso de Centroamérica, que desde hace un tiempo sufre un fuerte aumento de la falsificación de fármacos. En Costa Rica, esta tendencia llegó sin que haya un marco legal que lo contenga. Incluso, la mayoría de los delitos no está penada. Por eso, laboratorios y autoridades piden una ley que condene el tráfico de estos productos, una iniciativa que lleva tres años frenada en la legislatura del país-

La semana pasada, representantes del ministerio de Salud de Costa Rica se reunieron con e integrantes de la industria farmacéutica local y analizaron la necesidad de elaborar una ley que castigue la falsificación de medicamentos en este país centroamericano. En el portal Prensa Libre, Manuel Ulloa, representante de la Federación Centroamericana de Laboratorios Farmacéuticos, “desde hace tres años hay un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa, pero no se mueve”.

“Lo ideal es que se sancione al que produzca, venda o almacene medicamentos falsos pero en la actualidad eso no está penado en el país pese a que algunos pueden provocar reacciones riesgosas”, opinó. A nivel de Centroamérica el tráfico de medicamentos es muy frecuente, por lo que la región necesita una legislación fuerte ya que hay productos que ingresan al país cumpliendo con todas las normativas de ley y otros de contrabando, dijo.

En tanto, Esteban Cerdas, de la Dirección de Regulación del Ministerio de Salud, explicó que la Ley General de Salud contempla la falsificación como un delito pero no profundiza en medidas y sanciones para personas dedicadas a ese negocio. Dijo que las autoridades costarricenses lo que hacen hasta el momento “es emitir alertas sanitarias para evitar que la población consuma algún producto falso, es decir, se trabaja en educar a los consumidores para disminuir los riesgos”.

El tema de los medicamentos falsos ocupa espacios de actualidad en los medios locales desde el miércoles último cuando se supo que en cinco días se detectaron nueve mil unidades de estos productos ingresados ilegalmente al país. Según la Organización Mundial de la Salud este negocio mueve más dinero que el tráfico de drogas, tiene un crecimiento anual del 22 por ciento y representa unos mil 770 millones de dólares para organizaciones de crimen organizados.

viernes, 18 de octubre de 2013

Avance argentino en el tratamiento del sida

Expertos de la Fundación Huésped presentaron una nueva terapia menos tóxica y más barata.

Un tratamiento alternativo para las personas que viven con VIH, que consta sólo de dos drogas en lugar de tres como se utiliza actualmente, lo que abarata los costos y reduce la toxicidad, fue presentado esta mañana por el infectólogo argentino Pedro Cahn en un congreso en Bélgica.

La investigación, que se denominó GARDEL, se llevó adelante con 535 pacientes de 27 centros de Argentina, España, Estados Unidos, Chile, México y Perú, y determinó que la combinación de las drogas Lopinavir/Ritonavir (LPV/r) y Lamivudina (3TC) dio resultados "no inferiores a la terapia con tres drogas". "Con el VIH nos encontramos en este momento en una etapa en la que hemos logrado conseguir que el virus no se replique y disminuir la carga viral con las terapias triples. Entonces los investigadores estamos en una 'sintonía fina', es decir, estamos viendo cómo hacer para que estos tratamientos sean mejores", expresó Cahn, director de la Fundación Huésped, que estuvo al frente de la investigación.

El especialista, jefe de Infectología del Hospital Fernández, comentó que "esa fue entonces la motivación de esta investigación, a la que le pusimos GARDEL, que es un acrónimo donde cada letra es de una palabra que explica la estrategia del estudio, pero que además va a permitir que reconozca que es de origen argentino". Una vez conseguidos los fondos, la Fundación Huésped se puso al frente del estudio que comparó la respuesta en dos grupos de pacientes vírgenes de tratamiento: una rama tomó la combinación de terapia triple estándar y la otra, la combinación Lopinavir/Ritonavir (LPV/r) y Lamivudina (3TC). "El 88,3% de los pacientes tratados con la nueva estrategia logró llevar su carga viral a niveles indetectables, contra el 83,7% con la terapia tradicional, demostrándose así la no-inferioridad, en tanto, la recuperación de las células CD4 del sistema inmunológico fue similar entre las dos ramas", detalló el especialista. Y añadió: "Esta alternativa de tratamiento presenta numerosas ventajas. Por un lado, reduce los costos, lo que puede implicar sumas importantes en la salud pública; pero fundamentalmente lo que se logra es reducir la toxicidad del tratamiento actual por dos motivos: son menos drogas y las que se utilizan son 'más seguras', es decir, tienen menos efectos secundarios que las que se dejaron fuera".

Premios CAESPO 2013: la Dra. Marisa Aizenberg, ganadora

CAESPO

Nos es grato anunciar que la Dra. Marisa Aizenberg (Directora Académica del Observatorio de Salud de la Facultad de Derecho de la UBA) ha sido una de las ganadoras del premio CAESPO en su edición 2013 sobre “Promoción de la Salud mediante la Educación”, por su trabajo titulado “Ley Nº 26.862 de Reproducción Humana Asistida: Aportes para la construcción de un camino hacia la efectividad de los derechos”

El Comité Argentino de Educación para la Salud de la Población (CAESPO) realizará la entrega de premios el próximo 4 de noviembre en el Salón del Consejo Bernardo A. Houssay de la Facultad de Medicina de la UBA.

CAESPO una entidad de bien público, sin fines de lucro que fue fundada el 19 de diciembre de 1958 y está integrada por profesionales y técnicos de distintas disciplinas, que colaboran ad honorem para ayudar a mejorar la calidad de vida de la población, tratando de obtener su activa, responsable y solidaria participación. Es una coordinación de instituciones, que aúna esfuerzos para promover la salud a través de la educación. Cincuenta son las entidades miembros de CAESPO, las que desarrollan importantes programas educativos. Muchas de ellas, realizan también actividades asistenciales y de protección a la seguridad de los pacientes.

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La contaminación del aire es una de las principales causas ambientales de muerte por cáncer

Contaminación del aireLa Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer de la OMS anunció que clasificó la contaminación del aire como carcinógeno para los humanos, después de una revisión exhaustiva de la literatura científica disponible más reciente.

La agencia especializada en cáncer de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC, según sus siglas en inglés), anunció hoy que ha clasificado la contaminación del aire como carcinógeno para los humanos (Grupo 1).

Después de una revisión exhaustiva de la literatura científica disponible más reciente, los principales expertos del mundo convocados por el Programa de Monografías de la IARC llegaron a la conclusión de que existen pruebas suficientes de que la exposición a la contaminación del aire causa cáncer de pulmón (Grupo 1). También observaron una asociación positiva con un mayor riesgo de cáncer de vejiga.

Un componente importante de contaminación del aire exterior se evaluó por separado y también fue clasificado como carcinógeno para los humanos (Grupo 1).

La evaluación de la IARC mostró un mayor riesgo de cáncer de pulmón con el aumento de los niveles de exposición a las partículas y la contaminación atmosférica. Aunque la composición de la contaminación del aire y los niveles de exposición pueden variar enormemente de un lugar a otro, las conclusiones del Grupo de Trabajo se aplican a todas las regiones del mundo.

Un importante problema de salud ambiental

Ya se conoce que la contaminación del aire aumenta los riesgos para una amplia gama de enfermedades, tales como enfermedades respiratorias y del corazón. Los estudios indican que en los últimos años los niveles de exposición han aumentado significativamente en algunas partes del mundo, particularmente en países de rápida industrialización con grandes poblaciones. Los datos más recientes indican que en 2010, se produjeron 223.000 muertes por cáncer de pulmón en todo el mundo como resultado de la contaminación del aire.

El carcinógeno ambiental más extendido

"El aire que respiramos se ha contaminado con una mezcla de sustancias que causan cáncer ", dice Kurt Straif, jefe de la Sección de Monografías de la IARC. "Ahora sabemos que la contaminación del aire exterior no sólo es un riesgo importante para la salud en general, sino también una causa ambiental de muerte por cáncer."

Fuente: Organización Panamericana de la Salud

jueves, 17 de octubre de 2013

Elaboran una ley nacional de tratamientos con células madre

La doctora Fabiana Arzuaga, coordinadora de la Comisión Asesora en Terapias Celulares y Medicina Regenerativa del Ministerio de Ciencia destacó la importancia de contar con una ley que garantice la administración de terapias seguras y eficaces en todo el territorio nacional. Se prevé la presentación del proyecto en el Congreso para fines de este año. 

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Las terapias que utilizan células madre, denominadas terapias celulares, son desarrollos nuevos en el ámbito de la medicina regenerativa y también para el sistema jurídico. Este vacío legal permite que algunas instituciones médicas, tanto de la Argentina como de otros países, ofrezcan tratamientos no aprobados, que además de ser onerosos pueden agravar la salud de los pacientes.

Ahora, una comisión asesora del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva está dando las “puntadas finales” a un proyecto de ley que regule este tipo de tratamientos, y que podría someterse a consideración del Congreso antes de fin de año.

“Es necesaria una ley que unifique y armonice la investigación y terapias con células, dotando al sistema de una autoridad de aplicación específica adecuada a la naturaleza de estos nuevos desarrollos, con poder de policía suficiente para garantizar la generación de terapias seguras y eficaces en todo el territorio nacional”, indicó a la Agencia CyTA la doctora Fabiana Arzuaga, coordinadora de la Comisión Asesora en Terapias Celulares y Medicina Regenerativa de esa cartera.

Para la redacción del proyecto de ley, la comisión realizó rondas de consultas con  especialistas en derecho civil, penal y administrativo, ministros de la Corte Suprema y legisladores, señaló Arzuaga. También se relevaron todas las normas vigentes en el país y se entrevistaron autoridades de distintas reparticiones nacionales, tales como el INCUCAI, el Ministerio de Salud de la Nación, el ANMAT y el CONICET.

Crecen las demandas por mala praxis y se hacen más costosas para el sistema

Colectivo. Instrumentadores, anestesistas y enfermeros suelen verse involucrados en las causas.Ingresan 1.500 juicios por año. Los damnificados escalan sus acciones de los médicos al personal auxiliar y a los establecimientos, de forma tal de aumentar las presiones. Temor de los profesionales.

A medida que la ciencia médica logra mejores resultados en el arte de curar, se vuelve más compleja y opinable. Y eso –entre otras cosas– viene generando un aumento de conflictos judiciales entre médicos, hospitales y pacientes. A tal punto son frecuentes los juicios por mala praxis, que –según estadísticas recientes– uno de cada cinco médicos ha recibido una demanda judicial.

“Según la Asociación Civil de Actividades Médicas (Acami), cada año ingresan en los juzgados alrededor de 1.500 demandas, por presunta mala praxis, en todo el país; el 60% se concentra en Capital y en Gran Buenos Aires”, le dijo a PERFIL el licenciado Hugo Magonza, presidente de Acami.

En los registros de esta asociación –que agrupa a instituciones como el Hospital Italiano, el Británico, el Austral, Cemic, Fleni y la Fundación Favaloro, entre muchas otras–, actualmente “uno de cada cinco médicos ha recibido una demanda. Y el monto total de dinero gastado en juicios, durante 2012, llegó a unos $ 3.700 millones”.

Pero estas cifras vienen aumentando en el último lustro. Los costos generados por temas jurídicos pasaron, en los dos últimos años del 2 al 4% del gasto total en salud del país. “Eso significa un aumento del 100% de 2010 a hoy”, graficó Magonza.

Otra arista llamativa de este fenómeno jurídico-médico es que a las tradicionales especialidades más demandadas ante los jueces –traumatología, obstetricia, cirugía general y anestesiología– se suma el hecho de que ahora los juicios incluyen no sólo al médico que realizó la práctica, sino también a técnicos, enfermeras, jefes de servicio y a las propias clínicas.

miércoles, 16 de octubre de 2013

Hospital Garrahan avanza en programa contra malformaciones en neonatos

Esta semana operó a un recién nacido con una malformación en el diafragma con alto riesgo de morir luego el alumbramiento. Por el momento el recién nacido se recupera bien.

Un bebé que padecía una malformación en el diafragma con alto riesgo de morir luego el alumbramiento, nació por cesárea en el Hospital de Pediatría Juan Garrahan, y ya fue operado, intervención tras la cual se recupera en el Área de Cuidados Intensivos Neonatales de ese centro de salud. Si bien el establecimiento no cuenta con una maternidad, desde hace algunos años implementa un programa para asistir a madres que atraviesan embarazos con alguna malformación fetal y cuyos bebés se benefician al nacer en el centro en que recibirán la atención.

Se trata de la tercera intervención de este tipo que realiza el Hospital de Alta Complejidad pediátrica a través del Programa de Diagnóstico y Tratamiento Fetal que funciona desde 2008, y que brinda atención especializada a mujeres en gestación cuyo embarazo presenta alguna malformación congénita. Los partos programados se realizan exclusivamente a aquellas mamás cuyos bebés recién nacidos corren un alto riesgo de vida durante el traslado al establecimiento donde será tratado.

"Es muy importante que el sistema público de salud pueda dar respuesta a estos papás y mamás que esperan con gran expectativa un hijo, cuya vida pende de la atención y cuidados que brinda este gran hospital que es el Garrahan, gracias a la infraestructura y los recursos humanos que están al nivel de los mejores centros de salud del mundo", celebró el Ministro de Salud de la Nación, Juan Manzur, al tiempo que recomendó a la mamás embarazadas "realizarse todos y cada uno de los controles del embarazo, ya que ésta es la mejor manera de detectar cualquier anomalía y atenderla en forma adecuada".

"Una vez más el hospital público demuestra que está a la altura de las necesidades de la población, brindando la mejor atención a chicos que requieren cuidados y tratamiento de alta complejidad", dijo Marcelo Scopinaro, Presidente del Consejo de Administración del hospital, y agregó que "el desafío permanente es avanzar en el trabajo articulado con otros establecimientos para alcanzar cada vez más logros como éstos".

"Es una maravilla que podamos ofrecer una alternativa para salvarle la vida a un niño que puede morir por esta causa. Esto pone a prueba la posibilidad de trabajar en equipo con distintos otros hospitales en un juego de integración donde ganamos todos: el bebé y la mamá que puede tener un hijo un sano, y el sistema de salud al mostrar que sumando voluntades podemos atender mejor a los pacientes", indicó la directora ejecutiva del hospital, Josefa Rodríguez.

Protección del derecho de las niñas a tener una vida llena de promesa y sin violencia

Varios estudios hechos en las Américas y alrededor del mundo muestran que la violencia contra la mujer es alarmantemente común. Al menos una de cada tres mujeres en todo el mundo sufre violencia en algún momento de su vida. Menos comunes, pero con consecuencias que pueden durar toda la vida, son la violencia y el abuso que sufren durante la niñez.

“Una niña nacida en el siglo XXI debe estar rodeada de posibilidades ilimitadas de tener una vida productiva y plena”, afirmó Alessandra Guedes, asesora regional en materia de violencia intrafamiliar en la OPS/OMS. “Lamentablemente, demasiadas niñas quedan oprimidas por experiencias de violencia y abuso”.

Según los datos de una encuesta hecha en 12 países de América Latina y el Caribe recopilados por la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS) y los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de los Estados Unidos (CDC), la proporción de mujeres que denuncian casos de abuso físico antes de los 15 años varió de 17% en Paraguay a alrededor de 31% en Guatemala y El Salvador y casi 70% en Jamaica. La proporción de mujeres que denuncian casos de abuso sexual antes de los 15 años fue 3% en Ecuador y Paraguay, 4% en Nicaragua y 6% en El Salvador. 

La investigación también indica que las niñas que experimentan maltrato en la niñez o están expuestas a violencia contra su madre o madrastra corren un mayor riesgo de convertirse en víctimas de violencia sexual y de pareja en etapas posteriores de la vida. Los estudios también han vinculado a la violencia contra las niñas a un sinnúmero de problemas de salud física y mental, incluso a fracturas, embarazos no deseados y depresión.

La OPS/OMS colabora con sus países miembros para prevenir la violencia, identificar el abuso sin demora y garantizar un trato compasivo y apropiado a las sobrevivientes, mediante enfoques comunitarios y trabajo con los sectores externos al de la salud. Este trabajo incluye apoyo para la formulación de enfoques multisectoriales y estrategias integradas con el fin de incluir a los interesados directos del gobierno y de la sociedad civil en la prevención de la violencia contra la mujer y los niños en los niveles local, nacional y regional.

Un excelente ejemplo de estas actividades es la creación de un grupo de trabajo multisectorial en Costa Rica, formado por profesionales de diversas instituciones que pueden desempeñar una función activa en la prevención de la violencia. El grupo está integrado por representantes de la OPS/OMS, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación Pública, la Caja Costarricense de Seguro Social  y el Instituto Nacional de las Mujeres, así como por participantes del gobierno local y de la sociedad civil. Juntos, los miembros formulan  intervenciones integrales, multisectoriales y sostenibles de prevención de la violencia basadas en la premisa de que la “violencia se genera y reproduce donde hay socialización, en las familias, escuelas, guarderías y comunidades, donde las personas están juntas, aprenden y comparten”. La meta definitiva es convertir todos estos ámbitos en entornos seguros donde se rechacen todas las formas de violencia y se promuevan la igualdad de género, la armonía social y una responsabilidad compartida de acabar con la violencia.

“El sector de salud tiene un importante papel que desempeñar en la prevención de la violencia, pero no puede actuar solo”, dijo la doctora Gina Tambini, directora del Departamento de Familia, Género y Curso de Vida de la OPS/OMS. "Los “datos probatorios indican que la prevención a largo plazo exigirá enfoques integrales y multisectoriales tanto por parte del gobierno como de la sociedad civil. Esta colaboración puede dar lugar no solo a prevención de la violencia sino a una vida mejor para la niñas en general”.

Fuente: Organización Mundial de la Salud

Hoy se celebra el Día Mundial de la Alimentación

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, fundada el 16 de octubre de 1945, tiene como misión contribuir a eliminar el hambre en el mundo. En 1979 los 147 países representados en la reunión anual de la FAO -entre ellos la Argentina- decidieron fijar esta fecha como Día Mundial de la Alimentación con el fin de impulsar acciones solidarias a favor de la lucha contra el hambre, la desnutrición y la pobreza. La FAO busca elevar los niveles de nutrición y vida, mejorar la distribución de los alimentos, combatir enfermedades epidémicas de los animales y controlar la erosión del suelo.


Se rechaza demanda contra sanatorio y obra social

Partes: C. de B., M. L. y otros c/ Clínica y Sanatorio del Valle SRL y otro s/ daños y perjuicios

Se rechaza la demanda contra el sanatorio y la obra social por la muerte de uno de los fetos producto de un parto gemelar prematuro. 

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal 
Sala/Juzgado: II 
Fecha: 7-jun-2013

Sumario: 

1.-Corresponde confirmar la sentencia apelada que rechazó la demanda contra el sanatorio y la obra Social, distribuyendo las costas en el orden causado, toda vez que del estudio del expediente y de la prueba aportada a la causa -en especial el informe del Cuerpo Médico Forense- surge que la actora recibió el tratamiento médico adecuado a las circunstancias del caso.

2.-Mal puede considerarse un hecho culpable que genere responsabilidad civil la ausencia de evidencia demostrativa de que antes, durante y después de la intervención de la paciente se contravinieron las prácticas adecuadas para evitar la muerte del feto o las lesiones padecidas por el bebé sobreviviente.
  
Fallo:

En Buenos Aires, a los 7 días del mes de junio de 2013, se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la Sala II de esta Cámara para dictar sentencia en los autos del epígrafe. Conforme con el orden de sorteo efectuado, la doctora GRACIELA MEDINA dice:

I.- M. L. C.de B. y O. A. B. iniciaron demanda contra la Clínica y Sanatorio del Valle S.R.L. y contra la Obra Social Personal de la Industria del Chacinado y Afines por la suma de $ 456.500, con más los intereses y la costas del juicio.

Relataron que constituyen una familia integrada por dos hijos -que en abril de 1996, al momento de promover la presente acción, el mayor contaba con 5 años y el más pequeño se hallaba próximo a cumplir su primer año- y que el grupo familiar se encontraba amparado por la cobertura de salud brindada por la Obra Social ahora demandada.

martes, 15 de octubre de 2013

El Ministerio de Salud reforzó provisión de vacuna BCG para provincia de Buenos Aires y garantizó stock para todo el país

Se trata de una partida de 50 mil dosis de vacuna BCG que fueron destinadas a la provincia hasta tanto el laboratorio provincial “Tomás Perón” normalice la producción de la vacuna. 

El Ministerio de Salud de la Nación, a través del Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles, envió esta semana a la provincia de Buenos Aires 50.000 dosis de vacuna BCG, las que se suman a las 150.000 que ya destinó la cartera sanitaria provincial, con el objeto de reforzar la disponibilidad de ese insumo hasta tanto el laboratorio provincial "Tomás Perón" normalice la producción de la vacuna, tras ser afectado en su funcionamiento tras la inundación que sufrió la ciudad de la Plata el pasado 2 de abril.

En tal sentido, Carla Vizzotti, responsable del Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, sostuvo que "por indicación del ministro Juan Manzur, ni bien recibimos el pedido de parte de las autoridades sanitarias de la provincia procedimos al envío de 50.000 dosis de vacuna BCG, y les dimos la seguridad de que contamos con stock suficiente para apoyar a la jurisdicción hasta que pueda superar esta situación puntual".

La funcionaria llevó tranquilidad al señalar que "el Ministerio de Salud de la Nación cuenta con el stock suficiente de vacuna BCG para garantizar su provisión a todas las provincias, cosa que se está realizando con total normalidad".

Las 50.000 dosis procedentes de la cartera sanitaria nacional complementarán a otras 150.000 dosis ya elaboradas por el laboratorio oficial bonaerense, las que –según confirmaron autoridades del ministerio a cargo de Alejandro Collia- comenzaron a distribuirse en la antevíspera, proceso que continuará en la semana próxima.

La vacuna BCG, que es segura y efectiva, se aplica a los niños para otorgarles las defensas necesarias para protegerlos contra la tuberculosis (TBC) y está incluída en el Calendario Nacional de Vacunación de nuestro país. Contempla la dosis en el recién nacido para prevenir las formas graves de la enfermedad, y por ello es importante su aplicación antes de que el recién nacido egrese de la maternidad.

La tuberculosis es una enfermedad producida por el bacilo de Koch o Mycobacterium Tuberculosis. La forma más común es la tuberculosis pulmonar, pero también existen otras formas más graves llamadas extrapulmonares: meningitis, osteomielitis, artritis, etc. Por lo general, la vía de contagio más común es por la inhalación del bacilo tuberculoso que se encuentra en la tos o estornudo de personas con tuberculosis pulmonar.

Fuente: Ministerio de Salud de la Nación

viernes, 11 de octubre de 2013

El simulador de "niños digitales" que revolucionará la donación de esperma

Un simulador digital de bebés virtuales, capaz de detectar a través de las potenciales cruzas genéticas de los padres las futuras enfermedades de los bebés. ¿Ciencia ficción? No. Es Genepeeks, un servicio que entrelaza digitalmente el ADN de los padres, creando miles de "bebés virtuales", el cual será lanzado en Nueva York en diciembre.

Esperma
Su puesta en marcha se centrará inicialmente en los bancos de esperma, simulando antes del embarazo cómo la secuencia genética de una clienta combina con la de distintos donantes.

"Tenemos la secuencia de ADN de dos futuros padres, simulamos el proceso de reproducción, la formación de esperma virtual y huevos virtuales y los juntamos, para formar el genoma de un niño hipotético", le dice Lee Silver, genetista experto en bioética en la Universidad de Princeton, Nueva Jersey y socio de Genepeeks a la BBC.

"Podemos ver el genoma hipotético y, con todas las herramientas de la genética moderna, determinar el riesgo de que el genoma se traduzca en un niño con enfermedad. Estamos viendo directamente la enfermedad, no la condición de portador. Por cada pareja que cruzamos creamos 10.000 niños hipotéticos", continúa el científico.

Los donantes que produzcan "niños digitales" con un mayor riesgo de trastornos hereditarios serán descartados, quedando como opción aquellos con mejores coincidencias genéticas.

Idea a partir de la experiencia

Medida cautelar obliga a mutual a afiliar a madre e hija y brindar tratamiento a la menor

Partes: A., C. c/ Mutual Federada 25 Junio S.R.L s/ amparo por salud

Se ordena cautelarmente a la mutual afiliar a la actora junto a su hija y brindarle a la menor la cobertura total del tratamiento prescripto por el médico tratante.

Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe 
Sala/Juzgado: III 
Fecha: 29-jul-2013

Sumario: 

1.-Corresponde confirmar la resolución apelada que hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a la mutual demandada afiliar a la actora conjuntamente con su hija y brindarle a la menor la cobertura médica total del tratamiento prescripto por el médico tratante -sin abonar incremento por valor diferencial alguno durante el trámite del proceso-toda vez que resulta conveniente mantener la afiliación que ya ha efectuado la demandada, pues la falta de cobertura pondría en serio peligro el estado de salud de la menor. 

Fallo:

Rosario, 29 de Julio de 2013.-

Y VISTOS: El recurso de apelación interpuesto a fs. 168/174 dentro de los presentes caratulados: "A., . C/ MUTUAL FEDERADA 25 JUNIO S.R.L S/ AMPARO POR SALUD"- EXPTE. N°170/13, contra la Resolución N°1013 de fecha 08 de mayo del corriente año, expresión de agravios de fs. 168/174 , memorial facultativo de fs. 225/229 y demás constancias de autos;

Y CONSIDERANDO: 1. La parte demandada interpuso recurso de apelación contra la resolución por la cual el juez de grado hizo lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por la actora. Allí se le ordenó afiliar a la actora conjuntamente con su hijo, (debiendo abonar la actora el pago de las cuotas correspondientes sin incremento por valor diferencial alguno durante el trámite del presente) y brindarle la cobertura médica total del tratamiento prescripto por el médico tratante del menor.

1.1 Entre los argumentos que expuso el juez interviniente, consideró que el art. 10 de la ley 26.682 dispone que las enfermedades preexistentes no pueden ser criterio del rechazo de admisión de los usuarios y si bien se permite el cobro de un plus, tal prerrogativa está subordinada a la previa autorización de la autoridad de aplicación. En su justificación invocó fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la niñez, la actividad de las empresas de medicina prepaga, la protección de la vida, salud, integridad de las personas.

jueves, 10 de octubre de 2013

Hoy se celebra el Día Mundial de la Visión


Ante la autorización europea, la ANMAT recordó que el cigarrillo electrónico está prohibido

La entidad aclaró que el aparato, que simula la acción de fumar a través de la vaporización de agua, sigue prohibido en la Argentina por los efectos nocivos para la salud. También se duda de la efectividad para dejar de fumar a través de este aparato. Esta semana, el Parlamento Europeo avaló su venta libre, aunque no lo consideró un medicamento.

Se estima que un cigarrillo contiene unas 4 mil sustancias tóxicas. Por eso una de las alternativas para combatir el tabaquismo desde siempre es buscar formas de reducir este número, para disminuir el impacto en la salud hasta que se deje de fumar de forma definitiva. Una de las últimas alternativas lanzadas en el mundo fue el llamado cigarrillo electrónico, un aparato que simula la acción de fumar, a través de un sistema que vaporiza distintos elementos. Esta semana, en Europa, el aparato fue avalado para la venta libre, lo que generó polémica entre los especialistas. Por esto, el gobierno nacional aclaró que en la Argentina este instrumento está prohibido, porque es considerado un peligro para la salud.

La aclaración fue realizada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), ante la decisión del Parlamento Europeo de permitir que el cigarrillo electrónico se venda libremente, en el marco de una nueva legislación destinada a hacer menos atractivos los productos de la industria del tabaco. La entidad nacional recordó mediante un comunicado que en el país desde el año 2011 “está prohibida la importación, distribución, comercialización y publicidad o cualquier modalidad de promoción del cigarrillo electrónico”.

La medida se basa en “los graves riesgos a la salud que produce la nicotina contenida en ese producto”, que comenzó a circular en 2009 en el país y que un año atrás recibió el revés sanitario. “La nicotina que está en la mayoría de el cigarrillo electrónico no es inocua para el organismo, ya que produce un aumento en la presión arterial y en la frecuencia cardíaca, al tiempo que incrementa los riesgos de producir un accidente cerebrovascular”, detalló Sebastián Laspiur, director de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades No Transmisibles de la cartera sanitaria.

Día Mundial de la Salud Mental

El lema de este año: "Salud Mental y Adultos Mayores"


miércoles, 9 de octubre de 2013

CABA: se instituye por ley el 9 de Septiembre como el "Día de los profesionales de la salud en formación"

LEY N.° 4659 - Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Buenos Aires, 29 de agosto de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Institúyese el día 9 de septiembre como "Día de los profesionales de la salud en formación", en conmemoración del secuestro y desaparición de la Dra. Graciela Alba Vallejo, médica residente de Pediatría del Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 30 de septiembre de 2013

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 4.659 (Expediente Electrónico Nº 4.261.493/MGEYA-DGALE/13), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 29 de agosto de 2013 ha quedado automáticamente promulgada el día 23 de septiembre de 2013.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Clusellas

Científicos argentinos obtienen células de retina a partir de la grasa

Un equipo de expertos de la Universidad Maimónides logró un avance que podría ayudar en el futuro a quienes padecen ceguera.

Científicos argentinos lograron obtener células precursoras de la retina a partir de células madre adultas provenientes del tejido adiposo y advirtieron que el avance puede constituir una alternativa para las personas que afrontan ceguera por alteraciones en la retina o el nervio óptico.

El equipo de científicos de la Universidad Maimónides estuvo a cargo del director del Centro de Investigación en Ingeniería de Tejidos y Terapias Celulares (CIITT) de esa institución, Gustavo Moviglia, y el trabajo fue auditado y publicado en la revista especializada Ophthalmical Research .

Moviglia destacó que "se trata de un avance que, esperamos a futuro, pueda transformarse en una alternativa para los millones de personas que hoy padecen ceguera, vinculadas a alteraciones de la retina o nervio óptico". "Para dimensionarlo basta con pensar que el 70 por ciento de los casos de ceguera en adultos se da por esta causa, y hasta el momento no tienen tratamiento alguno", expresó el especialista en un informe.

En ese sentido, manifestó que "es un gran orgullo haber podido realizar este descubrimiento en el país y con colegas argentinos que trabajan en Argentina" y dijo que la investigación "pone a nuestra medicina a la vanguardia mundial en el ámbito de la investigación".

Células sin tumores

martes, 8 de octubre de 2013

La multimillonaria y polémica "fábrica de bebés" en India

La doctora Patel en la clínica de fertilización in vitroLa maternidad de alquiler es un negocio que, se calcula, representa más de US$1.000 millones en India. Mientras están embarazadas, algunas madres sustitutas viven en dormitorios que los críticos llaman "fábricas de bebés". Estas mujeres pueden ofrecer a muchas parejas sin hijos la familia que ansían, ¿pero cómo viven gestar al hijo de alguien más a cambio de dinero?

"En India las familias tienen lazos muy cercanos. Y haces cualquier cosa por tus hijos", dice Vasanti, de 28 años.

"Quiero ver que mis hijos logran todo lo que yo siempre desee; por eso me convertí en madre sustituta".

Vasanti está embarazada, pero el bebé no es suyo: está gestando al bebé de una pareja japonesa.

A cambio recibirá US$8.000, suficiente para construir una nueva casa y enviar a sus dos hijos, de 5 y 7 años, a un colegio de habla inglesa. Esto es algo que, afirma, nunca pensó que sería posible.

"Estoy sumamente feliz", confiesa.

Vasanti fue sometida al implante del embrión en la ciudad de Anand, en el estado de Gujarat, en el norte de India, y pasará los próximos nueves meses en una vivienda en la zona donde viven otras 100 madres sustitutas.

Todas son pacientes de la doctora Nayna Patel.

En cada cuarto duermen diez madres sustituas. Las mujeres reciben alimentos y vitaminas y se les alienta a descansar. Vasanti, sin embargo, se siente muy inquieta.

"En la noche me paro a caminar porque no puedo dormir. A medida que crece mi panza y que el bebé se desarrolla me siento cada vez más aburrida", afirma.

"Lo que quiero ahora es irme a casa con mis hijos y mi esposo".

Se ordena a prepaga la cobertura total de transplante renal a favor de afiliada menor de edad

Partes: P., E. P. y o. c/ Medicus s/ amparo

La empresa de medicina prepaga debe cubrir el 100% del transplante renal a favor de la hija de los amparistas con los médicos del hospital indicado y con el nefrólogo pediatra tratante de la menor.

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal
Sala/Juzgado: de Feria
Fecha: 26-jul-2013

Sumario: 

1.-Corresponde admitir la medida cautelar contra la obra social que debe cubrir el 100% del módulo pretransplante y el transplante renal a favor de la hija de los amparistas con los médicos de plantel del hospital indicado y con el nefrólogo pediatra tratante de la menor y los tratamientos y medicamentos relacionados con esa patología que ordenen dichos profesionales, pues habiendo la actora invocado el art.16 in fine  del decreto ley 512/1995, y la intención del legislador ha sido la de procurar el éxito de los transplantes, para lo cual se autoriza la intervención de las instituciones y los profesionales especializados y más experimentados en ese campo, lo que mejor se adecua a la preservación de la salud de la menor sin que quede desvirtuado por la contestación que efectuara la empresa de medicina prepaga en esta etapa del proceso.

2.-Debe hacerse lugar a la cautelar solicitada desde que no es razonable supeditar la obtención de la precautoria a la prueba de la necesidad de que la menor deba ser asistida en el hospital indicado por los amparistas y no en otro, pues incumbe a la empresa u obra social justificar la negativa de la cobertura con instituciones que gocen de un prestigio equiparable al de aquél extremo, y dentro del acotado margen de conocimiento que permite este tipo de pretensión, no fue cumplido por la obra social demandada al contestar el pedido del afiliado mediante la carta documento.

Fallo:

lunes, 7 de octubre de 2013

ANMAT emite disposición que regula la distribución y comercialización de productos médicos y productos para diagnóstico in Vitro

Disposición 6052 - Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

Título: Productos Médicos. Productos médicos y/o productos para diagnóstico de uso in Vitro. Actividades de distribución y/o comercialización. Personas físicas o jurídicas. Régimen.

Fecha B.O.: 7-oct-2013

VISTO la Ley 16.463 , los Decretos Nros. 9763/64 , 1490/92  y 1271/13 , las Disposiciones A.N.M.A.T. Nros. 2084/99 , 2318/02  (t.o. 2004), 2319/02  (t.o. 2004), 727/13  y 241/13 , y el Expediente Nº 1-47-19103/12-1 del registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 1º  de la Ley Nº 16.463, quedan sometidos a su régimen y a los reglamentos que en su consecuencia se dicten, entre otras, ".las actividades de comercialización y depósito en jurisdicción nacional o con destino al comercio interprovincial, de las drogas, productos químicos, reactivos, formas farmacéuticas, medicamentos, elementos de diagnóstico y todo otro producto de uso y aplicación en la medicina humana y las personas de existencia visible o ideal que intervengan en dichas actividades".

Que el Artículo 2°  de la citada Ley establece que las actividades mencionadas sólo podrán realizarse previa autorización y bajo el contralor de la Autoridad Sanitaria, en establecimientos por ella habilitados y bajo la dirección técnica del profesional universitario correspondiente; todo ello en las condiciones y dentro de las normas que establezca la reglamentación, atendiendo a las características particulares de cada actividad y a razonables garantías técnicas en salvaguardia de la salud pública y de la economía del consumidor.

Que el Artículo 1°  del Decreto Nº 9763/64, reglamentario de la Ley Nº 16.463, establece que el ejercicio del poder de policía sanitaria referido a las actividades indicadas en el Artículo 1° de la Ley 16.463 y a las personas de existencia visible o ideal que intervengan en las mismas se hará efectivo por el Ministerio de Asistencia Social y Salud Pública de la Nación (hoy Ministerio de Salud) en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, lugares con jurisdicción del Gobierno Nacional, tráfico interprovincial o interjurisdiccional, operaciones de importación y exportación y en aquellos casos en que los gobiernos de provincia soliciten su acción dentro de los límites de sus respectivas jurisdicciones.

Que por su parte, el Decreto Nº 1490/92 crea, en el ámbito de la Secretaría de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social, esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), como organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, con un régimen de autarquía económica y financiera, con jurisdicción en todo el territorio de la Nación, asumiendo las referidas funciones.

Que en particular, en el considerando del aludido decreto, se menciona la necesidad de adecuar la estructura de la SECRETARIA DE SALUD a fin de posibilitar a dicho organismo el desarrollo de las líneas estratégicas de transformación propuestas, favoreciéndose así la conformación de un ente técnico con capacidad para liderar la salud en el desarrollo con equidad, implementar la planificación estratégica en normatización, en fiscalización y conducción superior, y garantizar una efectiva acción sanitaria en todo el ámbito nacional.